Consejo de Estado. PLAZO DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO. Ampliación. INCUMPLIMIENTO DEL CONTRATO DE INTERVENTORÍA. EQUILIBRIO ECONÓMICO (2026)
“De los análisis efectuados por el a quo se desprende con claridad que las sanciones impuestas por la demandada a la interventoría no estuvieron determinadas, como lo señala la apelante, por la aprobación que ésta efectuó de los estudios y diseños, pues previo a esa circunstancia y, de manera reiterada, se efectuaron requerimientos para que la interventoría diera cabal cumplimiento a sus obligaciones contractuales.”
Consejo de Estado. MEDIO DE CONTROL DE CONTROVERSIAS CONTRACTUALES. Las aseguradoras están legitimadas para incoarlo contra decisiones como los actos administrativos que se dictan durante el iter negocial, siempre que tal reproche esté basado en una afectación derivada de ese tipo de declaraciones. ACTO ADMINISTRATIVO. Es una declaración de voluntad unilateral, general o particular, con efectos jurídicos directos, expedida por una entidad pública o un particular en ejercicio de la función administrativa. Tiene elementos de la existencia, validez y eficacia cuya ausencia lleva a consecuencias diferenciadas, sin que puedan equivalerse entre sí. NULIDAD DEL ACTO ADMINISTRATIVO. No todo vicio respecto a los actos administrativos es configurativo de una ilegalidad. Exceso de ritual manifiesto. ASEGURAMIENTO EN LOS CONTRATOS ESTATALES. persigue la protección de los recursos públicos invertidos y de la obra o proyecto a realizar. EMPRESA ASEGURADORA O GARANTE. Es un tercero del negocio cubierto mediante la póliza por lo que no puede reemplazar a las partes. VARIACIÓN DEL RIESGO CUBIERTO. puede llevar a la terminación de la póliza de seguros, pero debe acreditarse que operó y no se le dio a conocer a la garante. FACULTAD SANCIONATORIA CONTRACTUAL DE LA LEY 1474 DE 2011. Procedimiento establecido en la ley. Exige citar a la aseguradora y notificarle las decisiones que la puedan afectar mediante audiencia. No corresponde acudir al CPACA salvo que haya una ausencia total de regulación sobre algún aspecto. No es dable variar dicho procedimiento a capricho de los interesados. SUSPENSIÓN APLAZAMIENTO DE LA AUDIENCIA DE CUMPLIMIENTO. Causales. NOTIFICACIÓN POR CONDUCTA CONCLUYENTE. Requiere el conocimiento integral del contenido de una decisión. NOTIFICACIÓN A LA ASEGURADORA. La citación de dichas sociedades no requiere mayor formalismo. No se remite al CPACA. ANTICIPO. Tiene por fin la destinación de recursos para la correcta materialización del proyecto derivado del contrato estatal, por lo que su desembolso suele realizarse al comienzo de la ejecución (2026)
Dado que ya ha sido precisado que el régimen del artículo 86 de la Ley 1474 de 2011 reguló de forma integral la facultad sancionatoria de las entidades estatales en punto a la imposición de multas y/o a la declaratoria de incumplimiento definitivo, no corresponde añadir al trámite en comento exigencias adicionales a las previstas por el propio legislador para ese específico escenario.
Concepto CCE. CONTRATO ESTATAL. Ejercicio. Funciones de control y vigilancia. SUPERVISIÓN. INTERVENTORÍA. Características. Designación. Servidor público. Lineamientos. SUPERVISIÓN CONJUNTA. Distribución de cargas. CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS. Apoyo a la supervisión. ¿Existe alguna disposición normativa que establezca o limite el número de supervisores en un contrato estatal? (2026)
La normativa vigente en materia de contratación estatal no señala un número mínimo o máximo de supervisores que hagan seguimiento a la ejecución contractual y garanticen su cumplimiento.
Concepto CCE. RESPONSABLES DE LA ACTIVIDAD CONTRACTUAL. Servidores públicos. SUPERVISIÓN. INTERVENTORÍA. Características. ¿Cuál es el alcance del deber del supervisor del contrato de interventoría frente a las falencias del contrato de obra vigilado por el interventor? (2026)
Si bien las obligaciones del supervisor del contrato de interventoría tienen una relación con las actividades del contrato de obra, tal relación jurídica es indirecta, ya que no es este el contrato vigilado por dicho supervisor. No obstante, es posible que, en atención a lo dispuesto por el manual de contratación o supervisión de la entidad estatal, o atención al contenido del acto de designación, este supervisor tenga deberes cuyo cumplimiento generen algún nivel de incidencia en la ejecución del contrato de obra vigilado por el interventor.
Concepto CCE. DEBER DE VIGILANCIA Y CONTROL. INTERVENTORÍA. ¿Cuál es el alcance del contrato de interventoría frente al contrato sobre el cual recae? ¿Prevalece el contenido de un contrato celebrado sobre los estudios previos? (2025)
En todo caso, debe advertirse que, las modificaciones que pretendan realizarse en relación con un contrato de obra o interventoría adelantado con documentos tipo, únicamente tendrán efectos frente al negocio jurídico específico y solo podrán ser realizadas por quienes figuren como partes del contrato. Por lo tanto, el interventor no podría alterar las condiciones o elementos del contrato de obra sobre el cual se ejerce la interventoría, pues pese a su estrecha relación, se trata de contratos distintos con contratistas diferentes.
Concepto CCE. CONTRATO DE INTERVENTORÍA. Características. Finalidad. Término. Plazo. Contrato objeto de seguimiento. DETERMINACIÓN DEL VALOR. SISTEMA DE FACTOR MULTIPLICADOR. Concepto. Costos directos. ¿Cómo debe el proponente presentar su oferta en un proceso contractual donde el método de determinación del precio es el factor multiplicador? ¿Deben las entidades adicionar presupuestalmente el contrato de interventoría cuando fue prorrogado el contrato de obra pública que es objeto de vigilancia? (2026)
El contrato de interventoría supone la existencia de otro contrato –es decir, el contrato vigilado–, y por eso la jurisprudencia ha caracterizado la interventoría como un negocio jurídico íntimamente relacionado en su objeto con el contrato respecto del que ejerce las actividades del interventor. No obstante, a pesar de lo anterior, el contrato de interventoría es independiente del otro contrato en aspectos específicos como, por ejemplo, la prórroga y el incumplimiento. En efecto, la prórroga de la obra no implica de suyo la del interventor, aunque puede realizarse cumpliendo las solemnidades de ley; además, el incumplimiento del contrato vigilado, como lo sería un contrato de obra, no significa por sí solo el incumplimiento del de interventoría.
Consejo de Estado. ACCIÓN POPULAR. Ordena ejecución de obras. Derecho colectivo de acceso a la infraestructura pública vial o de transporte terrestre en condiciones de seguridad. Seguridad vial. RESPONSABILIDAD DE LA AGENCIA NACIONAL DE INFRAESTRUCTURA. ANI. Los deberes impuestos a la entidad por el ordenamiento no se trasladan o pierden por la ejecución material del objeto por parte del concesionario. RESPONSABILIDAD DEL CONSORCIO. Se observaron respuestas y conceptos técnicos incompletos, ambiguos e insuficientes para enmendar la trasgresión denunciada. RESPONSABILIDAD DEL INTERVENTOR. Puede ser demandado por acción popular siempre que esté funcionalmente vinculado a los hechos debatidos en el asunto. Las actividades realizadas por el interventor no fueron desplegadas de forma oportuna y eficiente. PRINCIPIO DE CONGRUENCIA EN ACCIONES POPULARES. Facultades extra y ultra petita del juez. LEGITIMACIÓN EN LA CAUSA POR PASIVA. Aplicación del concepto en procesos de protección de derechos e intereses colectivos (2025)
“.. los deberes impuestos a la entidad por el ordenamiento no se trasladan o pierden porque la ejecución material del objeto de la concesión corresponda −en este caso− a Accenorte. Por el contrario, esta demandada mantiene la dirección, supervisión y control del contrato −facultades que ejerce con apoyo del interventor−, y potestades para exigir, coordinar, aprobar, verificar y −de ser el caso− sancionar a la concesionaria.”
Concepto CE. CONTRATO DE INTERVENTORÍA. Características. Finalidad. Término. Plazo. Contrato objeto de seguimiento. ¿En qué momento se fija el plazo de un contrato de interventoría? DOCUMENTOS TIPO. Infraestructura de Transporte. Interventoría. Plazo. ¿El contrato de interventoría debe tener la misma fecha de finalización del contrato de obra? (2026)
“… la prórroga de la obra no implica de suyo la del interventor, aunque puede realizarse cumpliendo las solemnidades de ley; además, el incumplimiento del contrato vigilado, como lo sería un contrato de obra, no significa por sí solo el incumplimiento del de interventoría. “
Concepto CCE. INHABILIDADES E INCOMPATIBILIDADES. Concepto. Principio de legalidad. Interpretación restrictiva. Numeral 2, literal A) – Exservidor público – Niveles directivo, asesor o ejecutivo – Elemento temporal (1) un año. ¿Se configura inhabilidad, incompatibilidad o conflicto de interés para celebrar un CONTRATO DE INTERVENTORÍA CON UNA PERSONA QUE EJERCIÓ UN CARGO DIRECTIVO EN LA MISMA ENTIDAD PÚBLICA? (2025)
“Con respecto a la causal f), quien pretenda suscribir el contrato de interventoría incurrirá en esta causal cuando haya sido servidor público en cargos del nivel directivo de la entidad contratante.”
Concepto CCE. CONTRATO ESTATAL. Ejercicio. Funciones de control y vigilancia. SUPERVISIÓN. INTERVENTORÍA. CARACTERÍSTICAS. ¿Puede una entidad estatal, en un contrato de obra pública adjudicado mediante licitación pública, prescindir de la interventoría y ejercer únicamente la supervisión, con fundamento en el artículo 83 de la Ley 1474 de 2011, al considerar que la ejecución del contrato no requiere conocimientos técnicos especializados, o resulta imperativa la celebración del contrato de interventoría en virtud de lo dispuesto en el artículo 32 de la Ley 80 de 1993? (2025)
““En el marco de los contratos sometidos al Estatuto General de Contratación de la Administración Pública –EGCAP–, la obligación de contratar interventoría encuentra respaldo en los supuestos normativos previstos tanto en el inciso segundo del numeral 32.1 del artículo 32 de la Ley 80 de 1993, como en el inciso tercero del artículo 83 de la Ley 1474 de 2011. Estas disposiciones no deben entenderse como excluyentes entre sí, sino como complementarias, en tanto regulan distintos escenarios que exigen la implementación de mecanismos técnicos de vigilancia y control sobre la ejecución de los contratos de obra.”