“De los análisis efectuados por el a quo se desprende con claridad que las sanciones impuestas por la demandada a la interventoría no estuvieron determinadas, como lo señala la apelante, por la aprobación que ésta efectuó de los estudios y diseños, pues previo a esa circunstancia y, de manera reiterada, se efectuaron requerimientos para que la interventoría diera cabal cumplimiento a sus obligaciones contractuales.”