Concepto CCE. REQUISITOS HABILITANTES. CAPACIDAD JURÍDICA. INHABILIDADES E INCOMPATIBILIDADES. ¿Puede una Entidad Estatal requerir documentos distintos al certificado del RUP para verificar la capacidad jurídica de un proponente en un proceso de contratación pública? (2026)
“… en los procesos donde el RUP es requisito indispensable, su sola presentación puede no ser suficiente para acreditar integralmente la capacidad jurídica del proponente, especialmente frente a la ausencia de inhabilidades o incompatibilidades u otras circunstancias no consignadas en el registro.”
Consejo de Estado. ADMITE DEMANDA. Directiva Presidencial 06 de 2025. Fortalecimiento del proceso de compras públicas de tecnología e innovación (2026)
Fortalecimiento del proceso de compras públicas de tecnología e innovación.
Concepto auditoría general de la república. CALAMIDAD PÚBLICA. URGENCIA MANIFIESTA. Control fiscal a la contratación de urgencia manifiesta (2026)
“Las figuras de la calamidad pública y la urgencia manifiesta se encuentran relacionadas entre sí, en la medida en que la declaratoria de calamidad pública constituye el contexto fáctico y jurídico que puede dar lugar, previa valoración de la autoridad competente, a la declaratoria de la urgencia manifiesta. Dicho esto, primero se declara la calamidad pública para posteriormente declarar la urgencia manifiesta y así poder adelantar la contratación.”
Concepto Auditoría General de la República. RESPONSABILIDAD FISCAL DE LOS CONSORCIOS Y LAS UNIONES TEMPORALES. Naturaleza jurídica de los consorcios y las uniones temporales. Capacidad para ser parte y comparecer en actuaciones administrativas y judiciales (2026)
“… En procesos de responsabilidad fiscal, el Consejo de Estado ha reiterado que la falta de personería jurídica de los consorcios y las uniones temporales no impide, por sí sola, que sus integrantes puedan ser vinculados al proceso, siempre que, en cada caso en concreto, se configuren los elementos estructurales de dicha responsabilidad, conforme a lo previsto en la Ley 610 de 2000, con observancia del debido proceso y del derecho de defensa.”
Concepto Auditoría General de la República. CONTROL FISCAL A LA CONTRATACIÓN ESTATAL. Control fiscal concomitante y preventivo (2026)
“El control preventivo y concomitante es procedente de forma excepcional a la contratación pública cuando así lo disponga el Contralor General de la República, atendiendo los criterios y procedimientos establecidos en la ley y el reglamento.”
Concepto CCE. CAPACIDAD RESIDUAL. Finalidad Y verificación. PROPONENTE PLURAL. Cálculo de la capacidad residual. PROCESOS ESTRUCTURADOS POR LOTES. Acreditación y evaluación de la capacidad residual. CAPACIDAD RESIDUAL. Prohibición de fraccionamiento artificial de la capacidad residual en procesos por lotes. ¿Puede la capacidad residual acreditarse de manera fragmentada en procesos estructurados por lotes mediante la conformación de múltiples estructuras plurales con los mismos integrantes, o debe la entidad evaluar dicho requisito de forma integral, con base en la capacidad real y simultánea de ejecución del proponente? ¿Puede la entidad estatal admitir únicamente una de las ofertas presentadas por un mismo grupo empresarial en procesos estructurados por lotes y rechazar las demás, cuando ello resulte necesario para garantizar que la adjudicación se ajuste a la capacidad residual real y disponible del proponente? (2025)
“… la entidad no puede rechazar las ofertas adicionales presentadas por un mismo grupo empresarial por fuera de las causales expresamente previstas; sin embargo, sí puede, en ejercicio de su deber de planeación y de aplicación sistemática de la Guía, adoptar buenas prácticas de verificación de la capacidad residual que le permitan asegurar que la adjudicación de uno o varios lotes se encuentre respaldada por una capacidad financiera real y suficiente, en armonía con los principios de selección objetiva, responsabilidad y prevalencia de la realidad sobre la forma.”
Concepto CCE. Documentos tipo. Generalidades. Obligatoriedad. Presupuesto oficial. en relación con los documentos tipo de licitación de obra pública de infraestructura de transporte, esta Agencia resolverá el siguiente problema jurídico: ¿Cuál es el alcance de la nota contenida en el numeral 2.3.2 “Sobre No. 2” del documento base? (2025)
el numeral “2.3. ELABORACIÓN Y PRESENTACIÓN DE LA OFERTA” del documento base de los documentos tipo en comento, contiene una Nota, que establece que, “[e]n caso de discrepancias entre los valores señalados en el Formulario 1 – Formulario de Presupuesto Oficial y el valor presentado en el SECOP II, prevalecerá el valor presentado en el SECOP II.”
Al respecto, debe advertirse que, indistintamente de los valores que figuren en el Formulario 1 y el SECOP II, prevalecerán los consignados en el SECOP II.
Concepto CCE. ENTIDADES EXCEPTUADAS. Aplicación de normas de derecho público. Régimen privado. Régimen especial. ¿Frente a las entidades sometidas a régimen exceptuado, en qué casos resulta obligatorio adelantar las adquisiciones a través del Estatuto General de Contratación de la Administración Pública y cuáles pueden gestionarse mediante el manual de contratación institucional? (2025)
“… la aplicación del EGCAP resulta obligatoria cuando la actividad contractual se enmarca dentro de los supuestos que el ordenamiento jurídico ha reservado al régimen general, como ocurre en los eventos en los cuales la propia ley impone procedimientos o modalidades de selección específicos, o cuando la contratación se realiza en coordinación con entidades sometidas al EGCAP, caso en el cual el marco normativo general debe prevalecer para asegurar la uniformidad y el cumplimiento del principio de transparencia. Asimismo, en los contratos o convenios que celebren con entidades públicas sometidas al régimen general, patrimonios autónomos o particulares, cuando la normativa prevé requisitos o procedimientos propios del EGCAP para el desarrollo de dichos negocios jurídicos, estos deberán ser aplicados por la entidad de régimen exceptuado, sin que sea posible desconocerlos en virtud de su normativa interna.”
Concepto CCE. Ley de garantías electorales. ¿La restricción a la contratación directa de la Ley de garantías aplica a convenios solidarios, y en qué fechas aplican las restricciones de la Ley de garantías? (2025)
“… teniendo en cuenta que el artículo 95 de la Ley 2166 de 2021 dispone que “Se autoriza a los entes del orden Nacional, Departamental, Distrital y municipal para celebrar directamente convenios solidarios con los Organismos de Acción Comunal con el fin de contratar con los habitantes de la comunidad”; esta contratación al ser directa se encuentra cobijada por la prohibición del artículo 33 de la Ley de Garantías Electorales, ya que como se señaló en el párrafo anterior, la prohibición es amplia y aplica a toda la contratación que no implique convocatoria pública.”
Concepto CCE. MÍNIMA CUANTÍA. Modalidad de selección. CONVOCATORIA LIMITADA A MIPYMES. Requisitos. SUBSANABILIDAD. Ley 1882 de 2018. CAUSALES DE RECHAZO. Origen. Procedencia. ¿Cuál es el alcance de la limitación a Mipymes en el marco de un proceso de selección de mínima cuantía? ii) ¿Cuál es el régimen de subsanabilidad en los procedimientos de selección de mínima cuantía? (2025)
“… existen dos eventos en los cuales procede el rechazo de la oferta: i) cuando se configure alguna de las causales de rechazo originadas en la ley o el reglamento y ii) cuando se materialicen las establecidas en el pliego de condiciones. En tal sentido, las causales de rechazo de la oferta serán las consagradas en la ley o el reglamento producto de su aplicación, así como las definidas por las entidades en el respectivo pliego de condiciones”