Concepto CCE. LEY DE GARANTÍAS ELECTORALES. Finalidad. Restricciones. Tipos de elección. CONVENIOS MARCO. ¿aplican las restricciones establecidas en el artículo 33 de la Ley 996 de 2005 a la contratación derivada de los convenios marcos? (2025)
“Los contratos que se deriven del convenio marco mantienen una relación de subordinación respecto del instrumento principal. No obstante, dado que el contenido y alcance del convenio marco suelen tener un carácter general, abstracto e indeterminado, su concreción se produce con la suscripción de los acuerdos o contratos específicos que lo desarrollan, los cuales deberán cumplir las normas aplicables en la materia. Esto implica que su celebración no se agota en la sola remisión al convenio marco, sino que exige observar las normas aplicables conforme al ordenamiento jurídico.”
Concepto CCE. LEY DE GARANTÍAS. Finalidad. Restricciones. Tipos de elección. CONTRATOS DERIVADOS. ¿Cuál es el ámbito de aplicación de las restricciones de la Ley de Garantías Electorales a los contratos o convenios financiados por organismos multilaterales de crédito? (2025)
“… la restricción contemplada en la Ley de Garantías Electorales no aplica a los contratos que son financiados en su totalidad o en sumas iguales o superiores al cincuenta por ciento con fondos de organismos de cooperación, asistencia o ayudas internacionales, y cuyo régimen sea el dispuesto en los reglamentos de tales organismos. Lo anterior, por cuanto en estos casos el artículo 20 de la Ley 1150 de 2007 autoriza la aplicación “integral” de los reglamentos de dichos organismos.”
Concepto CCE. LEY DE GARANTÍAS. PERFECCIONAMIENTO DEL CONTRATO ESTATAL. Elementos del contrato estatal. Elementos esenciales, de naturaleza y elementos accidentales. CONTRATO ESTATAL. Características. Contratos reales. Contratos solemnes. REQUISITOS DE EJECUCIÓN. Requisitos legales y convencionales. APROBACIÓN DE GARANTÍAS. Requisito de ejecución legal. REGISTRO PRESUPUESTAL. ¿La expedición del Registro Presupuestal (RP) durante la vigencia de las restricciones previstas en la Ley de Garantías Electorales puede considerarse contraria a las disposiciones contenidas en dicha Ley? (2025)
“… las entidades estatales podrán celebrar contratos bajo la modalidad de contratación directa para la vigencia 2026 a partir del primero (1) de enero de 2026 y hasta el 30 de enero de 2026, siempre que se cumplan los requisitos legales y se haya adelantado oportunamente la planeación contractual. Así las cosas, es importante precisar que la prohibición recae sobre la celebración del contrato, no sobre el cumplimiento de los requisitos de ejecución. En consecuencia, la expedición del Registro presupuestal durante la Ley de Garantías Electorales no vulnera la norma si el contrato ya estaba perfeccionado antes del inicio de las restricciones impuestas por la Ley 996 de 2005.””
Concepto CGR. LEY DE GARANTÍAS. CONVENIOS SIN EJECUCIÓN DE RECURSOS PÚBLICOS. Procedencia (2025)
“… la figura opera siempre y cuando se contemple la ejecución de recursos públicos, por lo anterior se podrán realizar los convenios que se desarrollen a título gratuito.”
Concepto CCE. LEY DE GARANTÍAS ELECTORALES. Tipos de restricciones. Límites. ¿Qué tipo de restricciones consagradas en la Ley de Garantías Electorales aplican en materia de contratación estatal, cual su alcance y cuando inician sus efectos? ¿La Ley de Garantías impide el pago de contratos ya celebrados antes de su entrada en vigencia? (2025)
“… como en otras oportunidades lo ha manifestado esta Agencia, las prórrogas, modificaciones o adiciones de los contratos suscritos antes de la entrada en vigencia de las prohibiciones anotadas, así como la cesión de los mismos, pueden tener lugar en el período de aplicación de la Ley de Garantías, sin que ello haga nugatoria la restricción de la contratación directa y siempre que cumplan los principios de planeación, transparencia y responsabilidad. Además, también es posible que contratos celebrados previamente se continúen ejecutando con normalidad y, en consecuencia, se realicen los pagos en las condiciones pactadas.””
Concepto CCE. LEY DE GARANTÍAS ELECTORALES. Finalidad. Restricciones. Convenios interadministrativos. Convenios solidarios. ¿La restricción a los convenios interadministrativos de la Ley de garantías aplica a convenios solidarios? Aplicación del artículo 38 y 33 de la Ley de Garantías. RESTRICCIÓN A LA CONTRATACIÓN DIRECTA. Si están restringidos (2025)
“… teniendo en cuenta que el artículo 95 de la Ley 2166 de 2021 dispone que “Se autoriza a los entes del orden Nacional, Departamental, Distrital y municipal para celebrar directamente convenios solidarios con los Organismos de Acción Comunal con el fin de contratar con los habitantes de la comunidad”; esta contratación no se encuentra cobijada por la prohibición del artículo 38 de la Ley de Garantías Electorales, ya que como se señaló en el párrafo anterior, la prohibición solo aplica a convenios interadministrativos, y por su carácter restrictivo no admite una interpretación amplia que cobije convenios diferentes a los interadministrativos.”
Concepto CCE. LEY DE GARANTÍAS. Finalidad. Restricciones. Requisitos de perfeccionamiento y ejecución. Acta de inicio. ¿Los contratos de prestación de servicios deben estar firmados y cumplidos los requisitos de ejecución antes del inicio de las restricciones de la Ley de garantías? (2025)
“… las entidades que requieran adelantar procesos de contratación directa durante el periodo de garantías electorales deberán analizar, primero, si los trámites que se adelantarán después de la entrada en vigencia de la Ley de Garantías Electorales corresponden a requisitos de perfeccionamiento o de ejecución de los contratos estatales.”
Concepto CCE. LEY DE GARANTÍAS ELECTORALES. Finalidad. ¿Cuál es el plazo máximo estimado para que una empresa industrial y comercial del Estado del orden territorial, actuando como contratante, pueda suscribir contratos con terceros bajo la modalidad de contratación directa, en el marco de su objeto misional, antes de la entrada en vigor de las restricciones previstas para el periodo preelectoral conforme a la Ley 996 de 2005?; ii) i) ¿Hasta qué fecha resulta jurídicamente viable que el empresa industrial y comercial del Estado del orden territorial en calidad de contratista, celebre contratos interadministrativos con entidades territoriales u otras entidades públicas, en desarrollo de su objeto misional, sin incurrir en las prohibiciones establecidas por la Ley 996 de 200? (2025)
“… las empresas industriales y comerciales del Estado del orden departamental, municipal o distrital están sujetos a la restricción del artículo 33 de la Ley 996 de 2005, es decir, no podrán adelantar sistema que implique contratación directa respecto de las elecciones presidenciales, dentro de los cuatro (4) meses anteriores a la celebración de los comicios, salvo las excepciones dispuestas en esta….”
Concepto CCE. LEY DE GARANTÍAS ELECTORALES. CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS. ESTABILIDAD RESFORZADA. FUERO DE MATERNIDAD. ¿Se puede contratar por prestación de servicios a una persona con fuero de maternidad durante la Ley de Garantías, sin violar la ley ni incurrir en falta disciplinaria? (2025)
“… dado que la Ley de Garantías no consagra una excepción específica que habilite la celebración de contratos de prestación de servicios con mujeres amparadas por el fuero de maternidad, corresponde a las entidades públicas adoptar las medidas necesarias para asegurar el goce efectivo de dicha estabilidad reforzada antes de la entrada en vigor de la restricción electoral.”
Concepto CCE. RESGUARDOS INDÍGENAS. ADMINISTRACIÓN de recursos SGP. LEY DE GARANTÍAS ELECTORALES. CONTRATOS INTERADMINISTRATIVOS. CONVENIOS INTERADMINISTRATIVOS. ¿Aplican las restricciones de la Ley de Garantías Electorales – Ley 996 de 2005 a los convenios o contratos interadministrativos que se celebren entre entidades estatales y los resguardos indígenas? (2025)
“… vale anotar que es responsabilidad del respectivo ente del Estado examinar si el instrumento jurídico que se pretende suscribir tiene la naturaleza de contrato o de convenio interadministrativo para la ejecución de recursos públicos. En este último supuesto, resulta aplicable la prohibición contenida en el parágrafo del artículo 38 de la Ley de Garantías Electorales, conforme se explicó.”