Consejo de Estado. Contrato de prestación de servicios. Caducidad del contrato. Reformatio inpejus. Pérdida de oportunidad. (2013)
“No sobra puntualizar que la no reformatio in pejus –al igual que ocurre con la casi totalidad de las garantías y de los derechos que el ordenamiento jurídico consagra y tutela– no tiene alcance absoluto o ilimitado, comoquiera que su aplicación encuentra, al menos, dos importantes restricciones de carácter general, a saber: i).- En primer lugar debe resaltarse que la imposibilidad de reformar el fallo de primer grado en perjuicio o en desmedro del apelante sólo tiene cabida cuando la impugnación respectiva hubiere sido formulada por un solo interesado, lo cual comprende tanto las hipótesis en las cuales la apelación hubiere sido interpuesta por diversos sujetos procesales que comparten un mismo interés o que integran una misma parte dentro de la litis [demandada o demandante], como los eventos en los cuales si bien la apelación proviene de diversos sujetos procesales lo cierto es que cada una de tales impugnaciones se refiere a puntos, a decisiones o a intereses diferentes entre sí, totalmente independientes y que, por tanto, no chocan ni se contradicen. ii).- En segundo lugar ha de comentarse que en aquellos casos relacionados con la apelación de los fallos inhibitorios de primer grado, en los cuales el juez de la segunda instancia encuentre que hay lugar a proferir una decisión de mérito, así deberá hacerlo «… aun cuando fuere desfavorable al apelante» [artículo 357, inciso final, C. de P. C.].”
Consejo de Estado. Obras adicionales. Pago. Autorización de la entidad pública. (2013)
Si la entidad estatal no autoriza la ejecución de obras, el contratista no puede iniciar su ejecución, así estén incluidas en el contrato estatal. Así mismo recordó que cuando se pretende el pago de obras adicionales, debe probarse su ejecución y falta de pago.
Consejo de Estado. Proceso de selección. Libre concurrencia. Prohibición para participar en procesos de selección en la modalidad de Consorcios y Uniones temporales. Acto de adjudicación. Nulidad. (2013)
Prohibición para participar en procesos de selección en la modalidad de Consorcios y Uniones temporales.. Nulidad del acto de adjudicación.
Consejo de Estado. Liquidación del contrato. Convenio Interadministrativo. Valor probatorio de las copias simples. (2013)
LIQUIDACION DEL CONTRATO – Bilateral, unilateral o judicial. Noción / CONVENIO INTERADMINISTRATIVO – Corporinoquia y Coodeter / CONVENIO INTERADMINISTRATIVO – Acta de entrega de los elementos objeto del convenio. Constituye la liquidación bilateral del negocio jurídico.
Consejo de Estado. Contrato de prestación de servicios. Características. Contrato de mandato. Representación judicial. Revocatoria de poder. Terminación unilateral. (2013)
Calificación judicial de los mandatos. Contrato de mandato para la representación judicial. La Sala advierte que para este tipo de contratos se aplican las normas del Código Civil y no constituye ejercicio de funciones administrativas por un particular, pues el mandatario actúa siempre en nombre y representación de la entidad mandante, la cual conserva sus funciones. Potestad de revocar el poder otorgado para la representación judicial. Contrato de prestación de servicios. Terminación unilateral. La terminación unilateral propiamente dicha regulada en el art. 17 de la Ley 80 de 1993. Características. Terminación del contrato de prestación de servicios por vencimiento del término de duración previsto en el contrato. Caducidad de la acción contractual. Copias simples. Valoración de las pruebas en la acción contractual. Concurrencia de contratos de mandanto y de prestación de servicios.
Consejo de Estado. Presunción de validez de los actos administrativos. (2013)
Validez de los actos administrativos. Excepción de inepta demanda.
Consejo de Estado. Régimen jurídico de los contratos de exploración y explotación de recursos naturales. (2013)
Régimen jurídico de los contratos de exploración y explotación de recursos naturales.
Consejo de Estado. Régimen privado. Canales regionales. Suspensión del contrato. Equilibrio económico del contrato. Desviación de poder. (2013)
Contratos de los canales regionales de televisión. Carácter solemne de la cesión de derechos de autor. Suspensión del contrato por incumplimiento del contratista no genera ruptura del equilibrio económico del contrato. Deber de acreditar que la fuerza mayor motiva el incumplimiento. Vicio de falsa motivación. Caducidad del contrato. Prueba de la desviación de poder. Excepción de contrato no cumplido en contratación estatal. Presunción de legalidad de los actos administrativos.
Consejo de Estado. Subsanabilidad de la oferta. Requisitos habilitantes. Capacidad jurídica. (2011)
Subsanabilidad de la oferta. Requisitos habilitantes. La capacidad jurídica del proponente debe existir al momento de presentar la oferta. Decreto 2474 de 2008. Ley 1150 de 2007.
Consejo de Estado. Pliego de condiciones. So pretexto de interpretar aspectos ambiguos del pliego o que no estén suficientemente regulados, las entidades públicas NO pueden alterar o cambiar los criterios o las reglas para la selección del contratista. Inalterabilidad. Acto de adjudicación. Nulidad (2012)
Pliego de condiciones. Inalterabilidad del pliego de condiciones. So pretexto de interpretar aspectos ambiguos del pliego o que no estén suficientemente regulados, las entidades públicas NO pueden alterar o cambiar los criterios o las reglas para la selección del contratista porque “Los pliegos de condiciones, como es sabido, es la ley del proceso de selección, y si bien éste puede ser interpretado (…) no puede ser modificado o adicionado al momento de evaluar (…)”. Si la Entidad pública, por cuenta de su “interpretación” modifica el pliego, estaría modificando las reglas inicialmente establecidas para los proponentes y hay lugar a que el acto de adjudicación sea demandado ante la jurisdicción de lo contencioso administrativo. Nulidad procesal.