Consejo de Estado. Pliego de condiciones. Naturaleza. Reglas. Vacíos. Experiencia profesional de ingenieros y afines. Cómputo. La Ley 842 de 2003 es norma especial. (2022)

CE. 60248 Experiencia de ingenieros y afines. “De conformidad con el artículo 229 del decreto ley 019 de 2002 se computa a partir de la terminación y aprobación del pensum académico de educación superior, cuando se trata de acreditar experiencia para ocupar un empleo público”. Pliego de condiciones. Vacíos.

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Consejo de Estado. Pliego de condiciones. Naturaleza mixta. Acto general. Los reproches contra éste deben ser formulados a través de la acción de nulidad. Teoría de los actos separables. (2022)

CE. 65035 Pliego de condiciones. Teoría de los actos separables. Acción de nulidad. “Si el juicio de reproche está referido a una regla del pliego, este acto debe ser cuestionado ante la jurisdicción de forma autónoma respecto de cualquier otro, incluyendo el que clausura el proceso de selección, pues de no ser así se establecería una especie de efecto per saltum no previsto en la ley, que haría enjuiciable solo el acto de adjudicación, cuando a éste se llegue, en contraposición de las normas procesales que reconocen la autonomía en el ejercicio del control de los actos precontractuales”.

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Consejo de Estado. Pliego de condiciones. Audiencia de aclaraciones. Las respuestas y aclaraciones otorgadas por la administración en tal audiencia no solo son obligatorias para ella sino también para los oferentes. Indicadores financieros. (2022)

CE 54719 “Como resultado del ejercicio de aclaración del pliego los oferentes se encuentran en la obligación de seguir los lineamientos establecidos por el legislador en las normas que rigen la materia, los postulados previstos por la entidad contratante en el pliego de condiciones, así como también “las aclaraciones que sobre las cláusulas de los pliegos de condiciones haya precisado, de manera oportuna y con la publicidad requerida, la entidad estatal contratante, a riesgo que de no observarlas se obtenga un resultado desfavorable en el procedimiento licitatorio”

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Consejo de Estado. Nulidad acto de adjudicación. Cesión del contrato. NO cede la experiencia. Declaratoria desierta. Procede únicamente bajo circunstancias excepcionales. Pliego de condiciones. Vacíos. Deben aplicarse los principios generales del derecho (público y privado) y a los de la función administrativa. Acto administrativo. Motivación. (2022)

CE. 54482 ¿Es nulo el acto que declaró desierta la licitación Pública XXX, por incurrir en falsa motivación, al fundarse en la imposibilidad de adelantar una selección objetiva del contratista, ante la ausencia de norma que regulara los efectos, en materia de experiencia, para el cesionario de una posición contractual? Sí es nulo. Pliego de condiciones. Vacíos. Principios. Cesión del contrato. No se cede la experiencia.

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Corte Suprema de Justicia. Contrato sin cumplimiento de requisitos legales para eludir la licitación. Principios de la contratación estatal. Fraccionamiento del contrato. Contrato interadministrativo de cooperación. Diferencia entre contrato y convenio interadministrativo. (2022)

ABSUELVE. “Las irregularidades consistieron en: (i) la falta de planeación por ausencia de estudios previos idóneos que hubieran permitido seleccionar los programas académicos con mayor demanda en el mercado laboral del departamento y porque se hicieron unos solos para ambos convenios; (ii) el desconocimiento acerca de la forma de selección del contratista. (ii) el hecho de que la gobernación en el convenio 026 hiciera entrega de la totalidad de los aportes a su cargo, a pesar de estar obligada solamente a girar inicialmente el cincuenta por ciento; y, (iv) finalmente, porque en un lapso inferior a dos meses se celebró el segundo convenio cuyo objeto era similar al primero, todo lo cual va en contravía de los principios de la contratación pública”.

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Consejo de Estado. Sanción disciplinaria. Efectos. Convenio interadministrativo. (2022)

CE 67700 “… el actor no tenía ningún impedimento para ejercer cargos públicos, por el hecho de no haber alcanzado ejecutoria la sanción invocada, de ahí que estuviera ante un daño incierto, que no se materializó, al punto de que su desvinculación de Infomanizales y de la Universidad Nacional obedeció a la renuncia que él presentó y no a la ejecución de sanción alguna67, tan es así que el primer vínculo finalizó antes del fallo disciplinario de primera instancia y el segundo hasta el año siguiente a dicha determinación68, cuando estaba en trámite el recurso de apelación interpuesto por el afectado”.

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Concepto CCE. Abogados. Experiencia profesional. Prácticas laborales. Acreditación de la experiencia y las prácticas profesionales. (2022)

“De acuerdo con lo explicado, la experiencia profesional se podrá contar a partir de la terminación del pénsum académico, según la regla dispuesta en el artículo 229 del Decreto Ley 019 de 2012, sin dejar de lado lo regulado en la Ley 2043 de 2020″.

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Consejo de Estado. Contrato de cooperación. Nulidad absoluta del contrato por objeto ilícito por contrariar el derecho público. Desviación de poder. Elusión de proceso de selección. Licitación pública. Término para declarar la nulidad absoluta del contrato. (2022)

CE. 66765. Al haberse pretermitido la licitación, había lugar a declarar la nulidad del contrato, conforme a la violación del numeral 8 del artículo 24 de la Ley 80 de 1993, vigente para la época de la celebración del acuerdo, que constituye una causal de nulidad absoluta de los contratos.

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Consejo de Estado. Contrato de obra a precios unitarios. Prueba de las cantidades de obra ejecutada. Impuestos. Devolución del IVA no recuperado. Pérdida de capacidad residual. Prueba de los perjuicios.  La demora en el pago de obligaciones solo genera intereses moratorios y no perjuicios asociados al buen nombre y good will. (2022)

CE. 64711. La demora en el pago de obligaciones solo genera intereses moratorios y no perjuicios asociados al buen nombre y good will. No se demostraron los perjuicios.

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Consejo de Estado. Convenio interadministrativo. Reintegro de recursos no ejecutados. (2022)

Síntesis del caso: las partes celebraron un convenio interadministrativo para adelantar la restauración ecológica de la cantera Soratama; sin embargo, la entidad encargada de financiar el proyecto solo desembolsó el 40% de los recursos acordados, por lo cual la entidad ejecutora asumió el faltante y ahora pretende el reembolso de esa cifra. Accede a las pretensiones.

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