Consejo de Estado. CONTRATO DE EMPRÉSTITO. CRÉDITO DE FOMENTO. Requisitos para el desembolso. Alcance de las condiciones contractuales y reglamentarias. INCUMPLIMIENTO CONTRACTUAL. La parte que reclama el incumplimiento debe acreditar que cumplió o se allanó a cumplir las obligaciones a su cargo (2026)
En el caso concreto, este crédito de fomento no se encuadra en la lógica de la Ley 80 de 1993, que está orientada a la adquisición de bienes, servicios u obras, porque el contrato analizado corresponde a un servicio que la entidad pública ofrece para el desarrollo de su función de fomento. Además, al tratarse de una operación de crédito, cuenta con un régimen legal propio, aunque la entidad no tenga naturaleza financiera.
Consejo de Estado. Hechos cumplidos. Nulidad del contrato. Causa ilícita. (2013)
Consejo de Estado. Rad. 13001233100019960099001. 24615. Actor: Judith Gaines Borg. Demandado: Municipio de Turbaco. Subsección C. MP. Enrique Gil Botero. Fecha: 13/06/2013. Temas: 1. Legalización de hechos cumplidos. Falta de objeto y causa ilícita. Nulidad absoluta del contrato. En el presente caso la Sala establece que el caso concreto refleja una típica circunstancia de inexistencia […]