Consejo de Estado. Rad.  13001233100019960099001. 24615. Actor: Judith Gaines Borg. Demandado: Municipio de Turbaco. Subsección C. MP. Enrique Gil Botero. Fecha: 13/06/2013.

Temas: 1. Legalización de hechos cumplidos. Falta de objeto y causa ilícita. Nulidad absoluta del contrato. En el presente caso la Sala establece que el caso concreto refleja una típica circunstancia de inexistencia de objeto, porque el negocio jurídico sólo pretende formalizar las pretensiones de dar y hacer que se ejecutaron entre las partes sin contrato, uno meses o años atrás. Así que el origen de la obligación nació de los hechos, no de los contratos, que se presentaron en esa época. En el presente caso la Sala declaró la nulidad absoluta del contrato, pues es ilícita la causa que los originó, en este caso como quiera que, a la luz de los principios de la Ley 80/93, los negocios jurídicos sólo se pueden suscribir para que generen obligaciones, no para engañar o mentir sobre las que se causaron mediante actuaciones materiales pasadas. Así que el intento de legalizar hechos cumplidos lo proscribe la ley, sobre todo si el contenido de las obligaciones trata de hacer ver que apenas se va a ejecutar, cuando en realidad fueron cumplidas tiempo atrás. En este caso, dice la Sala, además se atenta contra las buenas costumbres y el orden público, pues no cabe duda que se atenta contra la moral administrativa y el buen comportamiento de los servidores públicos. 2. Declaratoria de nulidad absoluta del contrato. Saneamiento por prescripción extraordinaria. Art. 1.742 CC. Ni siquiera de oficio se puede anular un contrato estatal cuando ha transcurrido el término de prescripción extraordinaria – que antes fue de 20 años y ahora es de 10 años – porque la Ley sanea el vicio. Contratos que disponen de los bienes de uso público. En estos casos la Ley no le impide al juez pronunciarse sobre la nulidad del contrato, bien de oficio o por solicitud de parte o de un tercero, en atención a que por razones constitucionales son inembargables, imprescriptibles y no se pueden enajenar. Art. 63 C.P.

File Type: doc
Categories: 2013, Consejo de Estado, Controversias contractuales, Enrique Gil Botero, Subsección C
Tags: Causa ilícita, CE. 24615, Contrato de empréstito, Enriquecimiento sin justa causa, hechos cumplidos, Nulidad absoluta del contrato estatal, Objeto del contrato
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