Concepto CCE. CONTRATACIÓN ESTATAL. Contrato electrónico. SECOP II. Validez jurídica y valor probatorio de los documentos electrónicos. MEDIOS ELECTRÓNICOS. Firma electrónica y mensaje de datos. APOSTILLA. Alcance y finalidad del trámite. COMPETENCIA. Trámite de apostilla a cargo del Ministerio de Relaciones Exteriores. : ¿Cuál es el alcance jurídico y probatorio de los contratos estatales suscritos electrónicamente y publicados en el Sistema Electrónico para la Contratación Pública –SECOP–? y, en ese marco, ¿resulta posible que las entidades estatales expidan los documentos administrativos alternativos para efectos de su eventual apostilla, sin que dicha actuación recaiga directamente sobre el contrato electrónico? (2026)
“Cuando se requiera acreditar ante autoridades extranjeras la existencia de un contrato estatal celebrado electrónicamente, las entidades estatales pueden expedir, dentro del ámbito de sus competencias, documentos administrativos alternativos susceptibles de apostilla, tales como certificaciones sobre la celebración, vigencia, objeto o ejecución del contrato, o copias auténticas con la correspondiente constancia administrativa, siempre que dichos documentos sean suscritos por funcionarios cuya firma se encuentre debidamente registrada ante el Ministerio de Relaciones Exteriores y cumplan los requisitos técnicos y formales exigidos por la normativa vigente.”
Concepto CCE. DOCUMENTOS EN IDIOMA DIFERENTE AL CASTELLANO. Valor probatorio. Contratación estatal. Apostilla. Legalización. Traducción oficial. ¿cuál es el marco normativo para la traducción de los documentos y para la subsanabilidad de las ofertas en los procesos de selección? (2025)
“… conforme al parágrafo 1 del artículo 5 de la Ley 1150 de 2007, la subsanación de la entrega de la traducción oficial y/o certificación del traductor se refiere únicamente a los criterios que no otorgan puntaje. El pliego de condiciones, en ausencia de la certificación del artículo 33 de la Ley 962 de 2005, no reguló una presunción del validez frente al sello y la firma del documento. En consecuencia, la falta de uno u ambos requisitos permite aplicar la causal de rechazo del literal E del numeral 1.15 del documento base en caso de “Que el proponente no aclare, subsane o aporte documentos necesarios para cumplir un requisito habilitante o aportándolos no lo haga de forma correcta, en los términos establecidos en la sección 1.6”. Los criterios que otorgan puntaje, por su parte, son insubsanables durante el proceso de selección; razón por la cual, los documentos de soporte o prueba sobre los mismos debe presentarse obligatoriamente con la oferta inicial.”
Concepto CCE. APOSTILLA Y LEGALIZACIÓN DE DOCUMENTOS. Régimen jurídico. Finalidad. Certificación de firma. Documentos públicos. ¿Cuáles son los requisitos que deben cumplir los documentos públicos o privados expedidos en el exterior para que sean válidamente aceptados por las entidades estatales colombianas en el marco de actuaciones contractuales? (2025)
“Para que los documentos expedidos en el exterior sean válidamente aceptados por las entidades estatales colombianas en el marco de actuaciones contractuales, deben cumplir requisitos formales y sustanciales, conforme a lo dispuesto en la Ley 455 de 1998, mediante la cual se aprobó la Convención de La Haya de 1961; la Resolución 1959 de 2020, expedida por el Ministerio de Relaciones Exteriores; la Circular Externa Única de la Agencia Nacional de Contratación Pública – Colombia Compra Eficiente (2022); el Código General del Proceso, artículo 251; y el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo – CPACA – artículo 40.”