Concepto CGR. OBRAS INCONCLUSAS. Alcance, interpretación y aplicación de los parágrafos 2 y artículo 3 de la Ley 2020 de 2020 y del artículo 55 de la Resolución Organizacional No. 066-2024 del 24/04/2025 (2025)
Si un acta de entrega, que no constituyó acta de entrega a satisfacción sino una mera entrega de la tenencia en el estado en el que se encontraba y en calidad de cuerpo cierto, sustituye la orden legal.
Concepto CGR. SUPERVISOR. RESPONSABILIDAD FISCAL POR NO INFORMAR SOBRE HECHOS, OMISIONES Y CIRCUNSTANCIAS QUE CONFIGURAN ACTOS DE CORRUPCIÓN ¿Cuáles son las implicaciones en materia de responsabilidad fiscal, en las que podría incurrir el directivo supervisor del convenio interadministrativo suscrito, por omitir informar de manera oportuna a la entidad contratante sobre hechos, omisiones o circunstancias que puedan configurar actos de corrupción, poner en riesgo el cumplimiento del objeto del convenio o constituir un incumplimiento del mismo? (2025)
El supervisor del contrato no ejecuta su función de control y vigilancia del contrato estatal al omitir informar sobre hechos que presuntamente son constitutivos de corrupción, lo que puede llegar a ocasionar un daño patrimonial a los recursos públicos, por lo que, de evidenciar esto, el ente de control fiscal iniciará un proceso de responsabilidad fiscal.
Concepto CGR. REGISTRO DE OBRAS CIVILES INCONCLUSAS. Ley 2020 de 2020. Liquidación del contrato estatal. Sobre el término “liquidación contractual. Concepto del término “proceso judicial” en el contexto del parágrafo 2 del artículo 5 de la Ley 2020 de 2020 (2025)
Los únicos escenarios en materia de término de liquidación, para los efectos de aplicación del artículo 2 de la Ley 2020 de 2020, que atienden de manera plena los principios constitucionales de economía, eficiencia y responsabilidad, son los dos primeros previstos en el artículo 11 de la Ley 1150 de 2007, esto es, el plazo de liquidación contractual o el máximo plazo supletorio de cuatro (4) meses.
Concepto CGR. CONTRATACIÓN ESTATAL. DECLARATORIA DE INCUMPLIMIENTO. CONTROL FISCAL. Control preventivo y concomitante (2025)
“El proceso iniciado conforme al artículo 86 de la Ley 1474 de 2011, para que las entidades puedan declarar el incumplimiento contractual, hacer efectivas las multas y la cláusula penal pactada en los contratos estatales, no impide que la Contraloría pueda adelantar control fiscal sobre esa misma contratación pública. En caso de configurarse un hallazgo administrativo con incidencia fiscal, este podrá remitirse para la apertura del proceso correspondiente, donde eventualmente podrá declararse la responsabilidad fiscal si se configuran todos los elementos requeridos para el efecto.”
Concepto CGR. REGISTRO DE OBRAS CIVILES INCONCLUSAS. Reporte de obras. SIRECI. Comité técnico. Ley 2020 de 2020. ¿Quién está habilitado para designar el comité técnico y quiénes deben conformarlo? ¿Quiénes tienen facultades para tomar decisiones respecto de las obras inconclusas? ¿Cómo debe hacerse el registro en SIRECI y que documentación debe presentarse? (2025)
“Si bien la norma no establece qué perfiles deben conformar el comité técnico, es claro que este debe ser designado por el representante legal de la entidad contratante y se estima que los miembros deben contar con los conocimientos y circunstancias propias de la obra que le lleven a calificar la misma como inconclusa.”
Concepto CGR. RESPONSABILIDAD FISCAL. Naturaleza jurídica. Objeto. Proceso para su declaratoria. ELEMENTOS DE LA RESPONSABILIDAD FISCAL. Daño patrimonial al Estado. Gestión fiscal (2025)
La responsabilidad fiscal es de naturaleza administrativa, patrimonial y resarcitoria, dado que se orienta a proteger el patrimonio público y recuperar los recursos del Estado.
Concepto CGR. SOBRECOSTOS EN EL CONTRATO ESTATAL. HALLAZGOS FISCALES. Análisis de precios unitarios. CLÁUSULA AIU. Los costos directos e indirectos de los contratos estatales y el concepto de AIU. CONTROL Y VIGILANCIA FISCAL. Hallazgo administrativo con alcance fiscal. ESTUDIO DE MERCADO. Carácter vinculante (2025)
“La construcción de hallazgos con connotación fiscal, derivados de sobrecostos y/o pagos de AIU que superen los porcentajes establecidos en la etapa precontractual, pueden tener su soporte técnico en el uso de herramientas tecnológicas necesarias, que ayuden al equipo auditor a identificar los estudios de mercado, que contengan las mismas condiciones de tiempo, modo y lugar de las cotizaciones que dieron origen al contrato.”
Concepto CGR. VALOR DEL CONTRATO ESTATAL. Elementos. CLÁUSULA AIU. Imprevistos y Utilidad. Porcentaje máximo permitido. Prueba de imprevistos. Rendición de cuentas del contratista. IMPREVISTOS EN LOS CONTRATOS ESTATALES. Obligación del contratista de demostrar la causación de los imprevistos. El componente de Imprevistos, si debe ser demostrado, puesto que, la apropiación del mismo, sin justificación técnica, fáctica o contractual, iría en contra de los principios de buena fe y equidad en la contratación estatal, así como del ordenamiento jurídico vigente. UTILIDAD EN LOS CONTRATOS ESTATALES. POSICIÓN DE LA CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA. ¿Debe un contratista rendir cuentas y demostrar los recursos que se utilizaron por concepto del AIU pactado en el contrato, para obtener su pago? (2025)
“En lo referente a la obligación del contratista de demostrar la causación de los imprevistos, para solicitar su reconocimiento y pago, este órgano de control fiscal, si bien actualmente tiene como posición institucional la libertad de la entidad para pactar en cada caso concreto, si el contratista debe o no rendir cuenta de la causación de los imprevistos, se encuentra a su vez trabajando en una nueva postura institucional de acuerdo con la jurisprudencia reiterada del Consejo de Estado, que busca establecer que, al ser independiente y cumplir una función diferente, el componente de Imprevistos, si debe ser demostrado, puesto que, la apropiación del mismo, sin justificación técnica, fáctica o contractual, iría en contra de los principios de buena fe y equidad en la contratación estatal, así como del ordenamiento jurídico vigente.”
Concepto CGR. CLÁUSULA AIU. Imprevistos. Discriminación de los costos de administració en el AIU y ampliación de lineamientos de las Contralorías Territoriales. Los costos de Administración, como componente del A.I.U. (2019)
“Los imprevistos no forman parte de la utilidad del contratista, por tanto, si éstos no se presentan, no hay lugar a su pago por parte de la entidad pública contratante, pues de lo contrario, se incrementaría la utilidad del contratista, que fue objeto de su oferta económica y de evaluación en el respectivo proceso de selección.”
Concepto CGR. CLAÚSULA AIU. IMPREVISTOS. Pago del imprevisto al contratista (2018)
“Como quiera que el porcentaje de imprevistos corresponde a una tasación anticipada de los costos adicionales asociados a hechos imprevistos que la entidad traslada al contratista, según su oferta, no puede considerarse que existe detrimento al patrimonio público si se estipula este reconocimiento, como tampoco si se paga conforme a los valores previstos para el efecto, en la oferta seleccionada por la Entidad.”