Concepto CCE. MODIFICACIÓN DEL CONTRATO ESTATAL. Modificaciones habilitadas en el SECOP II. Procedencia. Límites. ADICIÓN. Concepto. Secop II. Forma de realizarlo. De acuerdo con lo dispuesto en la guía “SECOP II- Gestión contractual para Entidades Estatales” emitida por esta Agencia, ¿Cuál es la forma correcta para crear una adición en el SECOP II? (2025)
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Concepto CCE. PLAN ANUAL DE ADQUISICIONES. Guía para elaborarlo. FRACCIONAMIENTO CONTRACTUAL. ¿Es necesario realizar un Plan Anual de Adquisiciones por cada sede del establecimiento educativo? y ¿Desagregar las necesidades de cada sede del establecimiento puede llegar a configurar un fraccionamiento del objeto contractual prohibido por la normativa vigente? (2025)
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Concepto CCE. CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS. Régimen jurídico. Tipologías. CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS PROFESIONALES. Idoneidad. Título de idoneidad. Tarjeta profesional. Ejercicio de la profesión de abogado. Egresado. Examen de estado para obtener la tarjeta profesional. ¿Es necesario acreditar la aprobación del Examen de Estado previsto en la Ley 1905 de 2018 para celebrar contratos de prestación de servicios profesionales que no impliquen representación judicial? (2025)
“… el requisito establecido por la Ley 1905 de 2018, no resulta exigible para celebración de contratos de prestación de servicios profesionales que impliquen el ejercicio de la abogacía, con aquellas personas beneficiadas por los efectos inter pares de la orden contenida en el ordinal sexto de la Sentencia SU-128 de 18 de abril de 2024 de la Corte Constitucional.”
Concepto CCE. INHABILIDADES. Concepto. Finalidad. ACTOS DE CORRUPCIÓN. CAMPAÑAS POLÍTICAS. ¿respecto a la verificación de las situaciones de control de que trata el literal a) del artículo 2.1.4.3.2.1 del Decreto 1600 de 2024, existe riesgo de inhabilidad e incompatibilidad conforme al artículo 8 de la Ley 80 de 1993? (2025)
Algo similar sucede con la inhabilidad derivada de la financiación de campañas políticas del literal k) del artículo 2.1 de la Ley 80 de 1993, adicionada por el artículo 2 de la Ley 1474 de 2011 y modificada por el artículo 33 de la Ley 1778 de 2016. De acuerdo con el inciso tercero, dicha limitación a la capacidad contractual “[…] comprenderá también a las personas jurídicas en las cuales el representante legal, los miembros de junta directiva o cualquiera de sus socios controlantes hayan financiado directamente o por interpuesta persona campañas políticas a la Presidencia de la República, a las gobernaciones, las alcaldías o al Congreso de la República”.
Concepto CCE. CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS. Concepto. RÉGIMEN DE INHABILIDADES E INCOMPATIBILIDADES. Concepto. ABOGADO. Ejercicio profesional del abogado. Ley 1123 de 2007. Sanciones disciplinarias. Multa. Registro de sanciones. ¿La sanción de multa impuesta a un abogado implica una inhabilidad o restricción para suscribir un contrato de prestación de servicios con las entidades estatales? (2025)
“… el artículo 29, numeral 4° de la Ley 1123 de 2007 que regula las incompatibilidades para ejercer la abogacía, dispone que no pueden ejercer la profesión de abogado cuando sean suspendidos o excluidos, esto es, que la sanción haya sido la suspensión o la exclusión, contemplados en los artículos 44 y 45 respectivamente de la precitada Ley. De este modo, puede precisar que la Ley 1123 de 2007 –Código Disciplinario del Abogado- en referencia a la multa como sanción autónoma no contempla dentro de sus efectos jurídicos, una restricción para celebrar un contrato de prestación de servicios profesionales con una entidad estatal.”
Concepto CCE. CABILDOS INDÍGENAS – AUTORIDADES TRADICIONALES INDÍGENAS – ASOCIACIONES DE CABILDOS INDÍGENAS Y/O AUTORIDADES TRADICIONALES INDÍGENAS – CONSEJOS INDÍGENAS Y ORGANIZACIONES INDÍGENAS. Noción – Régimen de contratación – Decreto 1088 de 1993 – Decreto 252 de 2020 – Ley 2160 de 2021 – Ley 2294 de 2023. i) ¿Los Cabildos Indígenas y las Asociaciones de Autoridades Tradicionales Indígenas cuentan con capacidad jurídica para contratar con el Estado?; y ii) ¿De conformidad con las disposiciones del Estatuto General de Contratación de la Administración Pública que Entidades Estatales pueden suscribir contratos con Cabildos Indígenas y Asociaciones de Autoridades Tradicionales Indígenas? (2025)
“… los Pueblos Indígenas cuentan con varios regímenes de contratación que les permite suscribir diferentes negocios jurídicos con las Entidades Estatales. De un lado se tiene el Decreto autónomo 1088 de 1993, modificado por el Decreto 252 de 2020 y de otro las disposiciones contempladas en el artículo sexto de la ley 80 de 1993 y en el literal l) del artículo 2, numeral 4 de la Ley 1150 de 2007.”
Concepto CCE. ASOCIACIÓN DE MUNICIPIOS. Concepto. Naturaleza jurídica. Destinatarios de la Ley 80 de 1993. ¿Cuál es el régimen contractual de las asociaciones de municipios? (2025)
“… el manual de contratación de las asociaciones de municipios debe indicar el régimen contractual mencionado, sin que sea posible establecer otro régimen ya que la ley no lo prevé así”.
Concepto CCE. PRECIO. Incluye impuestos. Incluye IVA. EVALUACIÓN DEL PRECIO. Selección objetiva. Principio de igualdad. Costo real. MÍNIMA CUANTÍA. Factor de escogencia. Menor precio. Informe de evaluación. ¿En los casos en que se presenten múltiples oferentes, bajo la modalidad de selección de Mínima Cuantía, del numeral 5 del artículo 2.2.1.2.1.5.2. del Decreto 1082 de 2015, como se debe realizar el informe de evaluación? (2025)
Si la oferta de menor precio no cumple, el informe debe indicar las razones del incumplimiento y proceder a detallar la verificación de la segunda oferta de menor precio, y así sucesivamente, hasta identificar la oferta de menor precio que sí cumple con todos los requisitos. Por lo tanto, es viable y normativamente correcto emitir un solo informe que contenga la evaluación secuencial conforme a la regla citada, independientemente del número de oferentes.
Concepto CCE. CONTRATO ESTATAL. Concepto. Régimen. Criterio orgánico. CONTRATO DE SERVICIOS DE VIGILANCIA Y SEGURIDAD PRIVADA. Concepto. Autonomía de la voluntad. MODALIDADES DE SELECCIÓN. Licitación pública, selección abreviada de menor cuantía, contratación directa, contratos interadministrativos. CONTRATOS Y CONVENIOS INTERADMINISTRATIVOS. Definición. Sujetos. Entidades Estatales. ADMINISTRACIÓN DELEGADA. Noción. Definición. Mandato. Administración y pago. ¿Es procedente que una entidad pública adelante la contratación del servicio de vigilancia y seguridad privada mediante la celebración de contratos interadministrativos bajo la modalidad de administración delegada y no por Licitación Pública? (2025)
CONTRATO DE SERVICIOS DE VIGILANCIA Y SEGURIDAD PRIVADA. La modalidad de selección más adecuada para la contratación de servicios de vigilancia y seguridad privada es la licitación pública. CONTRATO ESTATAL. “… el artículo 1º de la Ley 80 de 1993 determina que su objetivo es disponer de reglas y principios que rigen los contratos de las entidades estatales y, en ese sentido, el artículo 32 ibidem define los contratos estatales como “todos los actos jurídicos, generadores de obligaciones que celebren las entidades a que se refiere este estatuto [art. 2], previstos en el derecho privado o en disposiciones especiales, o derivados del ejercicio de la autonomía de la voluntad”. De acuerdo con lo anterior, para la definición de contrato estatal basta con que una de las entidades que enumera el artículo 2º de la Ley 80 de 1993 sea una de las partes, sin importar el extremo de la relación jurídico negocial que asuma.”
Concepto CCE. ASOCIACIÓN DE MUNICIPIOS. Naturaleza. Convenios interadministrativos. INTERVENTORÍA. Contrato de prestación de servicios. Evaluación de Conformidad. Concepto C-492 del 6 de junio de 2025. Reconsideración de postura. La interventoría es distinta a los “contratos de prestación de servicios de evaluación de conformidad respecto de las normas o reglamentos técnicos”. Por un lado, como la interventoría hace parte del contrato de consultoría, no puede equipararse con un contrato de prestación de servicios. ¿cuál es el alcance de las prohibiciones a la selección directa en los contratos interadministrativos con asociaciones de municipios? (2025)
“Respecto al Concepto C-492 del 6 de junio de 2025, es impreciso sostener que la interventoría es un “contrato de prestación de servicios de evaluación de conformidad respecto de las normas o reglamentos técnicos” y que, por tanto, la restricción a la contratación directa de interadministrativos con asociaciones de municipios deriva del inciso segundo del literal c) del artículo 2.4 de la Ley 1150 de 2007, modificado por el artículo 92 de la Ley 1474 de 2011″.