Concepto CCE. CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS. Concepto. Características. INHABILIDADES E INCOMPATIBILIDADES. Conflictos de interés. PARTICIPACIÓN POLÍTICA. Restricciones constitucionales. Ley de garantías. Servidores públicos. ¿Cuál es el alcance permitido para la participación en actividades políticas por parte de contratistas de prestación de servicios durante época electoral, y en qué medida dichas actividades están permitidas dentro o fuera de la jornada laboral? ¿Cuáles son las eventuales consecuencias disciplinarias o contractuales que podrían derivarse? (2026)

Las entidades públicas no pueden permitir o tolerar que los contratistas adelanten actividades políticas durante el tiempo destinado a la ejecución del contrato, ni mucho menos dentro de los espacios y sedes de estas o utilizando recursos públicos. En este punto, es menester tener en cuenta lo dispuesto en el parágrafo único del artículo 38 de la Ley 996 de 2005, el cual prohíbe a los gobernadores, alcaldes municipales y/o distritales, secretarios, gerentes y directores de entidades descentralizadas, entre otras cosas, lo siguiente: “No podrán autorizar la utilización de inmuebles o bienes muebles de carácter público para actividades proselitistas, ni para facilitar el alojamiento, ni el transporte de electores de candidatos a cargos de elección popular. Tampoco podrán hacerlo cuando participen voceros de los candidatos”.

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Concepto CCE. Ley de garantías. CONVENIOS INTERADMINISTRATIVOS. CONTRATOS INTERADMINISTRATIVOS. ¿Las restricciones en materia de contratación previstas en la Ley de Garantías Electorales son aplicables a los convenios interadministrativos? (2026)

“.. la prohibición del parágrafo del artículo 38 de la Ley de Garantías Electorales no es aplicable a los contratos interadministrativos, esta prohibición solo aplica a los convenios interadministrativos que impliquen la ejecución de recursos públicos. No obstante, una vez entra en vigor la restricción del artículo 33, sin perjuicio de lo establecido en el artículo 38, no es jurídicamente viable celebrar ni contratos, ni convenios interadministrativos de manera directa.”

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Concepto CCE. Ley de garantías. Finalidad. CONTRATACIÓN DIRECTA. EXCEPCIONES. Convenios de ciencia y tecnología. ¿cuál en el ámbito de aplicación y las excepciones de la prohibición del artículo 33 de la Ley de Garantías? (2026)

“… la suscripción de contratos y/o convenios de ciencia y tecnología se encuentra restringida durante los 4 meses anteriores a las elecciones presidenciales, periodo en el que surte sus efectos la mencionada prohibición. Esto comoquiera que, de acuerdo con lo previsto en el artículo 33 de la Ley 1286 de 2009, estos negocios jurídicos se celebran de manera directa, independientemente de que se desarrollen o no convocatorias públicas, máxime cuando estas no son equiparables a los procesos de selección competitivos regulados en el EGCAP y normas especiales”.

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Concepto CCE. Ley de garantías. Finalidad. CONVENIOS INTERADMINISTRATIVOS. Criterio orgánico. IMPRENTA NACIONAL. Naturaleza jurídica. Artículo 5º Ley 109 de 1994. Obligación legal. ¿Las restricciones contempladas en los artículos 33 y 38 de la Ley de Garantías Electorales aplica a los contratos celebrados entre las entidades estatales y la Imprenta Nacional de Colombia en cumplimiento de la Ley 109 del 1994 y el Decreto 1099 de 2025? (2026)

“… los contratos que se celebren con la Imprenta Nacional de Colombia en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 5 de la Ley 109 de 1994 y en el Decreto 1099 de 2025 no se encontrarían sometidos a las restricciones previstas en la Ley 996 de 2005, en la medida en que su celebración obedece al cumplimiento de un mandato legal expreso.”

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Concepto CCE. Ley de garantías. Finalidad. Tipos de restricciones. CONTRATACIÓN DIRECTA. Peritos y asesores técnicos. Procesos judiciales. Ley de garantías. Excepción. ¿Cuál es el ámbito de aplicación y las excepciones de la prohibición del artículo 33 de la Ley de Garantías en relación con las controversias internacionales de inversión adelantados a través procesos arbitrales? (2026)

“… por expresa disposición legal, la contratación directa de peritos y asesores técnicos comporta una excepción a la restricción de la contratación directa de las entidades estatales prevista en la Ley de Garantías Electorales.”

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Concepto CCE. Ley de garantías. SECOP I. Publicidad. Plazo. Perfeccionamiento. ¿Los contratos deben encontrarse celebrados y publicados en la plataforma del SECOP I antes de la entrada en vigencia de las restricciones de la Ley de Garantías Electorales?  (2026)

“… tratándose de procesos gestionados en SECOP I, la celebración del contrato debe realizarse antes de la entrada en vigencia de las restricciones previstas en la Ley de Garantías Electorales. Conforme se explicó, el concepto de “celebrar” para efectos de las restricciones a la contratación previstas en la Ley de Garantías Electorales se asocia al momento del perfeccionamiento del contrato estatal, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 41 de la Ley 80 de 1993, esto es, que exista acuerdo sobre el objeto y la contraprestación y este se eleva a escrito.”

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Concepto CCE. Ley de garantías. Tipos de restricciones. Contratación Plan de Salud Pública de Intervenciones Colectivas -PIC. ¿Cuál es el marco jurídico para la contratación del Plan de Intervenciones Colectivas (PIC) en vigencia de la Ley de Garantías Electorales? (2026)

Con respecto a la prohibición del parágrafo del artículo 38, es importante resaltar que el Ministerio de Salud y Protección Social dispuso que, con el fin de garantizar la continuidad de las intervenciones de promoción de salud y prevención, “se debe acudir a las demás modalidades de contratación autorizadas por la ley de manera que no se afecte la ejecución de las intervenciones colectivas a cargo de las entidades territoriales”. Lo anterior, considerando que esta prohibición no fijó excepción alguna para su aplicación.

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Concepto CCE. Ley de garantías. Restricciones. Tipos de elección. CONTRATACIÓN DIRECTA. Alcance. CONVENIOS. APROBACIÓN DE GARANTÍAS. ¿Es jurídicamente viable que, tratándose de un convenio estatal celebrado antes del inicio del período de restricciones previsto en la Ley 996 de 2005, la aprobación de las garantías o pólizas se efectúe con posterioridad al comienzo de dicha restricción, sin que ello implique la celebración de un nuevo contrato ni la vulneración de la prohibición de contratación directa durante la vigencia de la Ley de Garantías? (2026)

Ahora bien, en relación  a su consulta, conforme al artículo 41 de la Ley 80 de 1993, los contratos estatales se perfeccionan cuando existe acuerdo sobre el objeto y la contraprestación y dicho acuerdo se eleva a escrito. En consecuencia, la existencia jurídica del contrato surge con su suscripción válida, mientras que la aprobación de las garantías, el registro presupuestal y la acreditación de aportes al Sistema de Seguridad Social constituyen requisitos de ejecución, no de perfeccionamiento.

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Concepto CCE. Ley de garantías. Restricciones. ¿Cuál es el marco jurídico para la contratación del Plan de Intervenciones Colectivas (PIC) en vigencia de la Ley de Garantías? (2025)

“teniendo en cuenta el tema de su consulta, se resalta que las Entidades Estatales deben planear sus contrataciones con fundamento en el principio de la anualidad del presupuesto. En el caso de contratos que incluyan la apropiación o ejecución de su presupuesto, el cumplimiento de este principio supone que sus compromisos presupuestales deben ser ejecutados dentro de la vigencia fiscal comprendida entre el 1 de enero y el 31 de diciembre. Sin embargo, como excepción a este principio se establecen mecanismos presupuestales dentro de los cuales se encuentran las vigencias futuras, las reservas presupuestales y las cuentas por pagar.

De esta manera, en caso de que en la etapa de planeación la entidad evidencie que el contrato a ejecutar excede la vigencia fiscal correspondiente deberá atender las previsiones legales sobre las excepciones al principio de anualidad del gasto y determinar cuál resulta aplicable al caso en concreto. Dichas excepciones deben estar debidamente justificadas, cumplir con los requisitos establecidos por la normativa vigente, y seguir los procedimientos correspondientes para su autorización y ejecución, conforme a lo descrito en este concepto.”

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Concepto CCE. Ley de garantías. Prohibición. CONTRATO DE ARRENDAMIENTO. ¿La restricción a la contratación directa de la Ley de garantías aplica al contrato de arrendamiento? (2025)

La prohibición del artículo 33 de la Ley de Garantías Electorales se refiere a “cualquier sistema que no implique convocatoria pública y posibilidad de pluralidad de oferentes”, por lo que excluye las demás modalidades de contratación previstas en la Ley 1150 de 2007, es decir, la licitación pública, la selección abreviada y el concurso de méritos u otros previstos en normas especiales.

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