Consejo de Estado. CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS. Naturaleza. El contrato de prestación de servicios en el régimen de contratación estatal. Desarrollo jurisprudencial. RESPONSABILIDAD FISCAL DEL CONTRATISTA. Análisis jurisprudencial sobre la gestión fiscal y su configuración en relación con los particulares. ELEMENTOS DE LA RESPONSABILIDAD FISCAL. Debido proceso. Régimen probatorio. ABOGADO. Obligación de medio. (2023)
“… en este caso NO hay responsabilidad porque “la parte demandante en su calidad de contratista no tiene capacidad decisoria frente a los bienes del erario público, por cuanto en este preciso asunto no fueron puestos a su cargo ni manejo”.
Consejo de Estado. SENTENCIA DE UNIFICACIÓN. Contrato de prestación de servicios. Contrato de prestación de servicios profesionales y contrato de prestación de servicios y apoyo a la gestión (2013)
Serán entonces contratos de “prestación de servicios profesionales” todos aquellos cuyo objeto esté determinado materialmente por el desarrollo de actividades identificables e intangibles que impliquen el desempeño de un esfuerzo o actividad tendiente a satisfacer necesidades de las entidades estatales en lo relacionado con la gestión administrativa o funcionamiento que ellas requieran, bien sea acompañándolas, apoyándolas o soportándolas, al igual que a desarrollar estas mismas actividades en aras de proporcionar, aportar, apuntalar, reforzar la gestión administrativa o su funcionamiento con conocimientos especializados, siempre y cuando dichos objetos estén encomendados a personas catalogadas de acuerdo con el ordenamiento jurídico como profesionales. Se entiende entonces por contratos de “apoyo a la gestión” todos aquellos otros contratos de “prestación de servicios” que, (…) [en] el desempeño de actividades identificables e intangibles, el legislador permite que sean celebrados por las entidades estatales pero cuya ejecución no requiere, en manera alguna, de acuerdo con las necesidades de la administración (previamente definidas en los procesos de planeación de la Entidad), de la presencia de personas profesionales o con conocimientos especializados, sean estas naturales o jurídicas.