Aquí encontrará toda la normativa relacionada con la Declaratoria de Emergencia.

Decreto 1420 de 2026. Por el cual se adoptan medidas en materia de contratación estatal en el marco del Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica por grave calamidad pública en parte del territorio nacional declarado mediante el Decreto 1261 del 19 de agosto de 2026, modificado por el Decreto 1348 del 31 de agosto de 2026.

Consulte otros Decretos expedidos en el marco de la Emergencia:

Decreto 1426 de 2026. Por el cual se suspende transitoriamente la verificación de condicionalidades y corresponsabilidades en los programas de transferencias monetarias a cargo del Departamento Administrativo para la Prosperidad Social, en el marco del Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica declarado mediante el Decreto Legislativo 1261 de 2026, modificado par el Decreto Legislativo 1348 de 2026.

Decreto 1425 de 2026. Por el cual se adoptan medidas en materia ambiental en el marco del Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica por grave calamidad pública en parte del territorio nacional declarado mediante el Decreto 1261 de 2026, modificado mediante el Decreto 1348 de 2026.

Decreto 1424 de 2026. Por el cual se adoptan medidas extraordinarias del sector Transporte en el marco del Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica por grave calamidad pública en parte del territorio nacional declarado mediante el Decreto 1261 de 2026, modificado por el Decreto 1348 de 2026

Decreto 1423 de 2026. “Por el cual se adoptan medidas extraordinarias y transitorias en materia de, arrendamiento y propiedad horizontal en el marco del Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica declarado mediante el Decreto 1261 de 2026, adicionado por el Decreto 1348 de 2026”

Decreto 1422 de 2026. Por eI cuaI se adoptan medidas extraordinarias en materia de vivienda, hábitat y ordenamiento territorial en el marco del Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica declarado mediante el Decreto 1261 de 2026 adicionado por el Decreto 1348 de 2026, con ocasión al sismo ocurrido el1Ode agosto de 2026 y sus réplicas.

Decreto 1421 de 2026. Por el cual se adoptan medidas relativas al objeto del Fondo de Financiamiento de la Infraestructura Educativa -FFIE, con ocasión a la emergencia económica, social y ecológica declarada en parte del territorio nacional a través del Decreto 1261 del 2026, modificado por el Decreto 1348 de 2026.

Decreto 1419 de 2026. Por el cual se adoptan rnedidas tributarias, aduaneras y cambiarias en el marco del Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica por grave calamidad pública en parte del territorio nacional declarado mediante el Decreto 1261 de 2026, modificado mediante el Decreto 1348 de 2026

Decreto 1418 de 2026. Por el cual se adoptan medidas para la recuperación y reactivación empresarial de las micro, pequeñas y medianas empresas, los establecimientos de comercio, las personas naturales con actividad económica y demás unidades productivas afectadas en el marco del Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica por grave calamidad pública en parte del territorio nacional declarado mediante el Decreto 1261 de 2026.

Decreto 1417 de 2026. Por el cual se adoptan medidas extraordinarias y temporales para proteger el empleo y los ingresos de las personas trabajadoras damnificadas por el sismo del 10 de agosto de 2026, en el marco de la Emergencia Económica, Social y Ecológica por grave calamidad pública en parte del territorio nacional declarado mediante el Decreto 1261 del 19 de agosto de 2026, modificado por el Decreto 1348 del 31 de agosto de 2026

Decreto 1416 de 2026. Por el cual se adoptan medidas de recuperación, financiamiento, aseguramiento y acceso a recursos en los sectores financiero, cooperativo, solidario y del mercado de valores en el marco del Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica por grave calamidad pública en parte del territorio nacional declarado mediante el Decreto 1261 de 2026, modificado por el Decreto 1348 de 2026

Decreto 1415 de 2026. Por el cual se adoptan medidas en materia de salud en el marco del Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica por grave calamidad pública en parte del territorio nacional declarado mediante el Decreto 1261 de 2026, modificado por el Decreto 1348 de 2026

Decreto 1414 de 2026. Por el cual se adoptan medidas transitorias relacionadas con los proyectos de inversión susceptibles de ser financiados con recursos del Sistema General de Regalías dentro del Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica declarado mediante el Decreto 1261 de 2026, modificado por el Decreto 1348 de 2026

Decreto 1413 de 2026. Por el cual se adoptan medidas excepcionales para incentivar la inversión privada con el propósito de mitigar los efectos de la emergencia ocasionada por el sismo del 10 de agosto de 2026, en el marco del Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica por grave calamidad pública en parte del territorio nacional declarado mediante el Decreto 1261 de 2026, modificado mediante el Decreto 1348 de 2026

Decreto 1412 de 2026. Por el cual se adiciona el Presupuesto General de la Nación de la vigencia fiscal de 2026, en el marco la emergencia económica, social y ecológica por grave calamidad pública en parte del territorio nacional declarada mediante el Decreto 1261 de 2026 modificado por el Decreto 1348 de 2026.

Decreto 1389 de 2026. Por el cual se adopta la modalidad especial de Obras por impuestos para la Reconstrucción en el marco del Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica por grave calamidad pública en parte del territorio nacional declarado mediante el Decreto 1261 de 2026 modificado por el Decreto 1348 de 2026.

Decreto 1388 de 2026. Por el cual se adoptan medidas excepcionales para flexibilizar y reorganizar temporalmente el calendario académico de los establecimientos educativos, en el marco del Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica por grave calamidad pública en parte del territorio nacional declarado mediante el Decreto 1261 de 2026, modificado por el Decreto 1348 de 2026

Decreto 1387 de 2026. Por el cual se suspende el inciso tercero del numeral 16.1.2 del artículo 16 de la Ley 715 de 2001, en el marco del Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica por grave calamidad pública en parte del territorio nacional declarado mediante el Decreto 1261 de 2026, modificado por el Decreto 1348 de 2026

Decreto 1386 de 2026. Por el cual se adiciona el artículo 138Ye la Ley 115 de 1994 y se adoptan medidas transitorias para la prestación del servicio educativo en espacios físicos alternos o mediante modalidades remotas, en el marco del Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica por grave calamidad pública en parte del territorio nacional, declarado mediante el Decreto 1261 de 2026, modificado por el Decreto1348 de 2026.

Decreto 1385 de 2026. Por el cual se adoptan medidas excepcionales en materia de información estadística para la atención, rehabilitación, recuperación y reconstrucción en el marco del Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica por grave calamidad pública en parte del territorio nacional declarado mediante el Decreto 1261 de 2026

Decreto 1384 de 2026. “Por el cual se adoptan medidas transitorias en materia de función administrativa, empleo público y gestión institucional para garantizar la continuidad de la administración pública y facilitar el acceso de la ciudadanía a los servicios del Estado en el marco de la declaratoria de emergencia económica, social y ecológica”

Decreto 1383 de 2026. “Por el cual se habilita por una única vez, un plazo extraordinario para presentar los requisitos habilitantes con el fin de acceder a los recursos de la nómina de pensionados y excedentes del Fondo Nacional de Pensiones Territoriales -FONPET y se autoriza una destinación excepcional de los recursos excedentes del sector salud para la recuperación de la infraestructura de la red pública de Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud, a las entidades territoriales afectadas en desarrollo del Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica declarado mediante el Decreto 1261 del 19 de agosto de 2026, modificado por el Decreto 1348 del 31 de agosto de 2026.”

Decreto 1382 de 2026. Por el cual se adoptan medidas financieras, administrativas e institucionales para las entidades territoriales en el marco del Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica por grave calamidad pública en parte del territorio nacional declarado mediante el Decreto 1261 de 2026 modificado a través del Decreto 1348 de 2026.

Decreto 1381 de 2026. Por el cual se adoptan medidas en materia de inversiones interjurisdiccionales en el marco del Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica por grave calamidad pública en parte del territorio nacional declarado mediante el Decreto 1261 de 2026 modificado a través deI Decreto 1348 de 2026.

Decreto 1380 de 2026. Se adoptan medidas temporales para destinar aporte de recursos del FONDES encaminados a garantizar la continuidad en la prestación del servicio público domiciliario de energía eléctrica que resulte afectado en el marco del Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica por grave calamidad pública en parte del territorio ~~cional declarado mediante el Decreto 1261 de 2026 modificado por el Decreto 1348 de 2026.

Decreto 1379 de 2026. Por el cual se adoptan medidas para la creación del Fondo Milagro en el marco del Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica por grave calamidad pública en parte del territorio nacional declarado mediante el Decreto 1261 del 19 de agosto de 2026

La SIC, en el marco de sus competencias, expidió Circular No. 003 de 2026 para garantizar el cumplimiento de las normas cuya vigilancia se encuentra a su cargo.

En materia de contratación estatal se indica “El régimen de protección de la competencia, específicamente mediante el artículo 1 de la Ley 155 de 1959 y el artículo 47 del Decreto 2153 de t992, prohíbe los acuerdos que tengan por objeto o como efecto la generación de distorsiones en la dinámica de competencia en el mercado. Entre los acuerdos que corresponden a esa definición se encuentran los de fljación de precios, limitación de la producción, colusión en procesos de contratación pública y repartición de mercados. Por lo tanto, en situaciones de emergencia se consideraría ilegal que los agentes de mercado, de manera coordinada, incrementaran de manera sustancial e injustificada los precios de los productos y servicios necesarios para la atención de la emergencia o para superar las situaciones que se derivan de ella”.

Para tal fin, en este acto administrativo se ordena lo siguiente:

Decreto 1348 de 2026. Excluye del inciso 1 del artículo 1 del Decreto 1261 de 2026, del ámbito territorial de la declaratoria del Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica por grave calamidad pública, al departamento de Putumayo.

📌 Decreto 1261 del 19 de agosto de 2026 — puntos principales. (Diario oficial 53.595 19/08/2026)

  1. Declaratoria del Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica. Artículo 1.
    • Se declara la emergencia por 30 días calendario en los territorios señalados en el decreto, con ocasión de la grave calamidad pública.
    • Ámbito Territorial (Departamentos y Municipios Afectados). 15 Departamentos declarados en emergencia: Antioquia, Caldas, Cauca, Chocó, Quindío, Cundinamarca, Risaralda, Huila, Valle del Cauca, Tolima, Putumayo, Norte de Santander, Bolívar, Nariño y Sucre.
    • Municipios identificados inicialmente en el Reporte Situacional No. 36 de la UNGRD, así como cualquier otro municipio donde se demuestre una afectación concreta derivada del sismo del 10 de agosto de 2026.
  2. Facultades extraordinarias del Gobierno Nacional. Artículo 2.
    • El Gobierno ejercerá las facultades previstas en el artículo 215 de la Constitución Política y la Ley 137 de 1994.
  3. Expedición de decretos legislativos y operaciones presupuestales y de crédito público. Artículo 3.
    • Se podrán adoptar, mediante decretos legislativos, las medidas necesarias para conjurar la crisis e impedir la extensión de sus efectos.
    • También se podrán realizar las operaciones presupuestales y de crédito público necesarias.
  4. Informe al Congreso. Artículo 4.
    • El Ministerio del Interior deberá rendir al Congreso un informe motivado sobre las causas de la declaratoria y las medidas adoptadas.
  5. Remisión a la Corte Constitucional. Artículo 5.
    • El decreto debe remitirse a la Corte Constitucional al día siguiente de su expedición.
  6. Vigencia. Artículo 6.
    • Rige a partir de la fecha de su publicación.

🚨 Temas importantes que se indican en las consideraciones del Decreto:

En relación con la contratación estatal, se incluye la posibilidad de superar el límite legal a las adiciones cuando la magnitud de las obras lo exija. El decreto identifica expresamente como una barrera jurídica el límite legal a la adición de contratos estatales y plantea la necesidad de superarlo cuando la magnitud de las obras de atención de la emergencia lo exceda.

Además, señala específicamente que se requieren medidas para intervenir infraestructura de competencia territorial cuando las entidades no tengan capacidad suficiente y superar ese límite de adición. Apoyo al déficit operacional.

Urgencia manifiesta: El decreto reconoce entre los mecanismos ordinarios la urgencia manifiesta prevista en la Ley 1523 de 2012, sin embargo, se indica que estos carecen de jerarquía normativa para inaplicar barreras legales expresas.

Facebook
Twitter
LinkedIn
login-contratacion-en-linea