Comunicado Corte Constitucional. “… pese a existir un precedente constitucional pacífico y uniforme que reconoce el derecho fundamental a la estabilidad laboral reforzada, las salas de Descongestión Laboral de la Corte Suprema de Justicia, han venido exigiendo la existencia de una deficiencia física, mental, intelectual o sensorial a mediano y largo plazo, siguiendo el precedente de la Sala de Casación Laboral permanente, en lugar de verificar si al momento del despido el trabajador se encontraba en una condición de salud que le impidiera o dificultara sustancialmente el desempeño de sus actividades. Por esa razón, encontró que era necesario instarlas a modificar dicha postura y a adecuarla al precedente constitucional”.