Corte Constitucional. Corte declaró inexequibles los artículos 100 (participación en contratación y compras públicas mediante asociaciones público populares) y 101 (asociaciones de iniciativa público popular) del Plan Nacional de Desarrollo “Colombia Potencia Mundial de la Vida” (2026)
"... se consideró que el artículo demandado desconoce, de una parte, las normas constitucionales relacionadas con la reserva legal para la regulación de la contratación pública, y de otra, las que disponen límites a la potestad reglamentaria."