La Sala Plena Contencioso Administrativa del Consejo de Estado unificó su jurisprudencia sobre el momento en el cual se deben tener por notificadas electrónicamente las sentencias proferidas bajo la Ley 1437 del 2011 (que vio nacer al Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo – CPACA), tras las modificaciones originadas por la Ley 2080 del 2020.