Consejo de Estado. Régimen privado. EMPRESA INDUSTRIAL Y COMERCIAL DEL ESTADO. Régimen legal. Evolución normativa. Por naturaleza desarrollan actividades en el mercado. A sus contratos se aplica el derecho privado. ARTÍCULO 38 DE LA LEY 153 DE 1887. A los contratos debe aplicarse la ley vigente en el momento de su celebración y, por ello, las leyes nuevas no pueden alterar las relaciones contractuales. SEGURIDAD JURÍDICA Y CONTRATOS. Una nueva ley no puede alterar las relaciones contractuales. TERMINACIÓN UNILATERAL DEL CONTRATO. Caducidad, terminación unilateral propiamente dicha y terminación unilateral por nulidad TERMINACIÓN DEL CONTRATO POR NULIDAD ABSOLUTA. Naturaleza. TERMINACIÓN DEL CONTRATO POR NULIDAD ABSOLUTA. Se habilita cuando se celebren contratos con personas incursas en causales de inhabilidad o incompatibilidad previstas en la constitución o en la ley, cuando se celebren contra expresa prohibición constitucional o legal o cuando se declaren nulos los actos administrativos en que se fundamente. NULIDAD ABSOLUTA DEL CONTRATO Y TERMINACIÓN UNILATERAL. Diferencias. NULIDAD ABSOLUTA DEL CONTRATO. Eventos en que, en el derecho civil, se configura por violación de norma imperativa. NUMERAL 2 DEL ARTÍCULO 44 DE LA LEY 80 DE 1993. Requisitos. REGISTRO SANITARIO. Su vencimiento no genera la nulidad absoluta del contrato. El vencimiento de ese requisito para la producción del aguardiente por distribuir, en manera alguna, hacía ilícito el objeto del contrato. FALSA MOTIVACIÓN. Concepto. NULIDAD POR OBJETO ILÍCITO por desatención del postulado de selección objetiva y los procedimientos de selección. ACTO ADMINISTRATIVO. EXPEDICIÓN IRREGULAR. La falta de motivación vicia de nulidad la decisión por falta de cumplimiento de requisitos formales. RUP. las normas que imponen sanciones o establecen prohibiciones deben ser expresas y, como ocurre con las que consagran nulidades, son de carácter taxativo y de interpretación restrictiva (2021)