“… el contrato de compraventa se conformó por: i) la oferta, ii) la asignación del contrato, iii) la orden de compra y iv) su aceptación. Posteriormente, se dictó la orden de despacho que tuvo la vocación de precisar los términos en que se ejecutaría la compraventa”. “En suma, la orden de compra es un mecanismo a través del cual se pueden adquirir bienes y servicios y, en general, junto con su aceptación y los demás documentos que las partes dispongan, hace parte del contrato que se celebra con ese fin”. CONTRATOS EXCEPTUADOS DE LA LEY 80 DE 1993 Y SOMETIDOS AL DERECHO PRIVADO – no requieren ser liquidados, salvo que las partes, en virtud de la autonomía de la voluntad, así lo dispongan.