La normativa disciplinaria de los servidores judiciales es aplicable a los árbitros. Que la motivación de un laudo corresponda al de una decisión expedida previamente por otro árbitro podría implicar desconocer los deberes consagrados en los numerales 2 y 6 del artículo 153 de la Ley 270 de 1996, Ley Estatutaria de Administración de Justicia.