“En conclusión, para determinar si la omisión de la entidad contratante respecto de una solicitud probatoria tiene el alcance suficiente para viciar su decisión y desvirtuar la presunción de legalidad de la que goza, no basta con constatar su existencia. Es necesario analizar su trascendencia en el procedimiento sancionatorio y establecer si tenía la aptitud de modificar el sentido de la decisión”.