Consejo de Estado. EMPRESA DE SERVICIOS PÚBLICOS DOMICILIARIOS. Naturaleza de sus actos. Las empresas públicas domiciliarias dictan verdaderos actos administrativos para la declaratoria del siniestro, siempre que ejerzan poderes o facultades excepcionales. Si sólo cumplen con lo pactado en la póliza, son actos jurídicos contractuales. AMPARO DE CUMPLIMIENTO. No basta con que el hecho constitutivo del siniestro haya acaecido, sino que resulta indispensable que se demuestre el perjuicio efectivamente ocasionado al patrimonio del asegurado. AMPARO DE BUEN MANEJO E INVERSIÓN DEL ANTICIPO. Cubre los perjuicios derivados del incumplimiento de estas obligaciones -falta de inversión, uso indebido o apropiación indebida-, y no la obligación de amortizar el anticipo si dicha obligación no fue amparada expresamente por la compañía de seguros (2025)