Consejo de Estado. COSA JUZGADA SOBREVINIENTE. Sentencia de segunda instancia dictada por los mismos hechos luego de presentada esta demanda. EXCEPCIONES A LA DEMANDA. La oportunidad para presentar excepciones ocurre con la contestación de la demanda. No es admisible revivir la oportunidad. PROCEDENCIA DE CONDENA EN COSTAS EN PRIMERA INSTANCIA. Razonamiento jurídico de la imposición. Supuestos del artículo 365 del Código General del Proceso (2023)