"Sin embargo, lo cierto es que sí se puede afirmar que constituyó una oportunidad para subsanar un defecto o exigencia sustantiva, en tanto el pliego impuso la obligación de establecer ese tipo de valores en el análisis de precios desde la presentación de la propuesta. En consecuencia, permitir que se subsanara significó desconocer las reglas del proceso de selección. Pero no se trata sólo de un desconocimiento formal de los pliegos de condiciones, sino que permitir que se subsanen ese tipo de defectos, indispensables para estructurar el precio de lo ofrecido, cierne serias dudas sobre la transparencia del proceso, toda vez que se coloca en una situación de desventaja a los demás proponentes, en tanto al cumplir con esa exigencia desde la presentación de la propuesta, como lo exigía el pliego, ponía en evidencia uno de los factores de evaluación, como lo era el precio de su propuesta".   
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