EL CONTRATISTA NO ACLARÓ LA OFERTA, LA SUBSANÓ EXTEMPORÁNEAMENTE. Lo irregular no puede hacer tránsito a derecho. El documento presentado por el contratista, cuando ya había vencido el plazo perentorio para subsanar la oferta-, en el que se adicionó la información relativa al porcentaje de disponibilidad del servicio prestado durante la ejecución del contrato, no podía ser entendido como una aclaración, pues no estaba haciendo más perceptible o comprensible algún aspecto que ya se encontrara incluido en la propuesta y que ofreciera oscuridad en su comprensión, sino que aportaba un aspecto que no había sido incluido ni en la oferta inicial ni en el documento que pretendía subsanarla.

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