“… al tratarse de un régimen de interpretación restrictiva y de reserva legal, y ante la inexistencia de una disposición que establezca que la situación prevista en el artículo 205 del Código de Comercio afecta la acreditación de los requisitos previstos en el artículo 2.2.1.2.4.2.14 del Decreto 1082 de 2015, adicionado por el Decreto 1860 de 2021, no resulta procedente extender los efectos de dicha incompatibilidad a la persona jurídica ni derivar de ella la pérdida del puntaje adicional por emprendimientos y empresas de mujeres.”