Como indica el parágrafo del artículo 2.2.1.2.4.2.2 del Decreto 1082 de 2015, “Las cooperativas y demás entidades de economía solidaria, siempre que tengan la calidad de Mipyme, podrán solicitar y participar en las convocatorias limitadas en las mismas condiciones dispuestas en el presente artículo”.

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