En concordancia con lo expuesto, resulta necesario indicar que la restricción a la celebración de convenios interadministrativos aplicable a las entidades territoriales inició el pasado ocho (8) de noviembre de 2025, mientras que la restricción general a la contratación directa que cobija a todas las Entidades Estatales comenzó a regir a partir del treinta y uno (31) de enero de 2026. Ambas se mantendrán hasta el treinta y uno (31) de mayo o veinte y uno (21) de junio de 2026, en caso de requerirse segunda vuelta en las elecciones presidenciales.