Concepto CCE. LEY DE GARANTÍAS. Entes universitarios autónomos. ¿la restricción para celebrar contratos interadministrativos para ejecución de recursos públicos durante la Ley de Garantías sólo aplica para los recursos en dinero? ¿la prohibición del parágrafo del artículo 38 de la Ley 996 de 2005 aplica a los entes universitarios autónomos? (2025)
“Conforme a la interpretación general de las normas del sistema de compras públicas, el parágrafo del artículo 38 de la Ley 996 de 2005 dispone que “Los Gobernadores, Alcaldes Municipales y/o Distritales, Secretarios, Gerentes y directores de Entidades Descentralizadas del orden Municipal, Departamental o Distrital, dentro de los cuatro (4) meses anteriores a las elecciones, no podrán celebrar convenios interadministrativos para la ejecución de recursos públicos”, sin importar de que estos sean en dinero o en especie, ya que la norma no distingue."