Concepto CCE. LEY DE GARANTÍAS ELECTORALES. Naturaleza jurídica. Prohibiciones. CUERPOS DE BOMBEROS VOLUNTARIOS. ¿Es permitida la celebración de convenios entre entidades territoriales y los cuerpos de bomberos voluntarios durante la etapa preelectoral, considerando las restricciones de la Ley de Garantías Electorales, o existe alguna excepción que autorice estos convenios en cualquier momento? (2026)
"los distritos y municipios, quienes tienen a cargo la prestación del servicio público bomberil, durante los cuatro (4) meses anteriores a la elección presidencial y hasta la realización de la elección en la segunda vuelta podrán celebrar contratos y convenios con Cuerpos de Bomberos Voluntarios siempre que la escogencia del contratista se realice mediante un procedimiento abierto y competitivo, que permita la participación de una pluralidad de oferentes. Por el contrario, no le será posible a estos entes territoriales celebrar contratos de forma directa, esto es a través de cualquier sistema de selección de contratistas en el que no exista convocatoria pública, ni sea posible la participación de una pluralidad de oferentes, independientemente del régimen de contratación que se aplique."