Concepto CCE. LEY DE GARANTÍAS ELECTORALES. Finalidad. ¿Cuál es el plazo máximo estimado para que una empresa industrial y comercial del Estado del orden territorial, actuando como contratante, pueda suscribir contratos con terceros bajo la modalidad de contratación directa, en el marco de su objeto misional, antes de la entrada en vigor de las restricciones previstas para el periodo preelectoral conforme a la Ley 996 de 2005?; ii) i) ¿Hasta qué fecha resulta jurídicamente viable que el empresa industrial y comercial del Estado del orden territorial en calidad de contratista, celebre contratos interadministrativos con entidades territoriales u otras entidades públicas, en desarrollo de su objeto misional, sin incurrir en las prohibiciones establecidas por la Ley 996 de 200? (2025)
"... las empresas industriales y comerciales del Estado del orden departamental, municipal o distrital están sujetos a la restricción del artículo 33 de la Ley 996 de 2005, es decir, no podrán adelantar sistema que implique contratación directa respecto de las elecciones presidenciales, dentro de los cuatro (4) meses anteriores a la celebración de los comicios, salvo las excepciones dispuestas en esta...."