La ley contempla unas excepciones a las inhabilidades e incompatibilidades para contratar. De esta forma, el artículo dispone cuatro supuestos en los cuales el régimen de inhabilidades e incompatibilidades no tiene aplicación. Al respecto, la norma señala que no quedan cobijados por las inhabilidades e incompatibilidades de que tratan los artículos anteriores las siguientes personas…