La exigencia de actualizar o modificar la póliza de responsabilidad civil extracontractual en un contrato estatal no surge de manera automática por el solo hecho del cambio anual del salario mínimo legal mensual vigente (SMMLV), aun cuando el valor del amparo haya sido fijado en SMMLV. No existe obligación normativa ni doctrinal de actualizar el valor asegurado de la póliza de Responsabilidad Civil Extracontractual por el simple cambio de anualidad del SMMLV, dado que la referencia a salarios mínimos funciona como un parámetro de determinación inicial de suficiencia, y no como un mecanismo de indexación automática durante la ejecución del contrato.