“El ámbito o campo de aplicación del capítulo 3 del Decreto 1600 de 2024, relacionado con la Estrategia Nacional De Lucha Contra La Corrupción, está regulado en el artículo 2.1.4.3.1.2. Esta disposición señala que sus reglas están dirigidas a las entidades y empresas del Estado del orden nacional y pertenecientes a la Rama Ejecutiva del Poder Público.”

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