No entregar la oferta económica firmada. Sólo tratándose de procesos adelantados en el SECOP I. “No ocurre lo mismo para los procesos que deban adelantarse a través del SECOP II, pues en este caso se acude al literal A del numeral 2.3.2 que indica: «[Para los procesos en SECOP II, el Sobre 2 debe presentarse en el cuestionario destinado para ello en el Módulo de “Licitación de Obra Pública” y no podrá ser entregado en físico]», por lo que en este evento no se aplica la referida causal, tal y como lo dice expresamente la nota aclaratoria”.  "“… el valor de la oferta que será tenido en cuenta para la calificación, en caso de que haya habido correcciones aritméticas es el valor corregido, y no el valor inicialmente consignado en la propuesta sobre el cual se detectó el error".
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