El literal D del numeral 3.5.3 del documento base, de los documentos tipo de licitación de obra pública de infraestructura de transporte – versión 4, consagra que todos los integrantes del proponente plural deben acreditar experiencia para la ejecución del proyecto, mientras que solo a uno de ellos se le permitiría no acreditar experiencia, siempre y cuando su participación no supere el diez por ciento (10%) en la estructura plural.