la entidad contratante tiene la autonomía para definir cuál categoría aplica al proceso contractual, en consideración a la necesidad del proyecto y el presupuesto estimado, realizando un análisis soportado de la exigencia de la categoría y teniendo como una de las variables de análisis de fomento del empleo a través de las contrataciones públicas. Este análisis deberá quedar soportado en el estudio previo del proceso y en los documentos proceso, por tanto, deberá publicarse en el SECOP.                      

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