De acuerdo con el numeral 3.8.2 del documento base de los documentos tipo de interventoría y la “Matriz 4 – Lineamientos de Requisitos del Personal”, las entidades tienen la potestad discrecional de definir los perfiles requeridos, incluyendo los títulos profesionales y de posgrado, según las necesidades del objeto contractual. En ese sentido, no está permitido exigir títulos de posgrado específicos, sino establecer que se cuente con un posgrado en un área de conocimiento relacionada con el cargo a desempeñar.