La omisión del contratista del deber de declarar la existencia o inexistencia de situaciones de control en las que participe no exime a la entidad estatal del cumplimiento de su deber de ejercer la potestad verificadora que le corresponde, especialmente en lo que respecta a la acreditación de la capacidad jurídica, la cual puede verse comprometida por la configuración de dichas situaciones.