Las entidades públicas “… deben propender por acciones o medidas de prevención de carácter educativo, formativo y de vigilancia epidemiológica, y dejar por fuera aquellas que pueden atentar contra el derecho a la igualdad, el libre desarrollo de la personalidad y el derecho al trabajo, tales como la exigencia del carné de vacunación, las cuales podrían incurrir en discriminación laboral.”