“… las Entidades Estatales, como buena práctica de gestión contractual, deben considerar el impacto que tiene la incorporación de actividades o ítems con respecto al documento de asociación del consorcio o la unión temporal. Se recomienda que la entidad verifique y aclare cuál integrante asumirá la ejecución de esas nuevas actividades o establezca la necesidad de que los miembros lo definan. Esta actuación permite garantizar la adecuada ejecución del contrato, preservar la coherencia entre la oferta adjudicada y su desarrollo, y cumplir el deber de planeación que orienta la actividad contractual.”