“… los contratos que el oferente se encuentre ejecutando deben ser reportados en el formato respectivo dentro del componente “saldos de contratos en ejecución”, toda vez que los mismos obligan al proponente al momento de la presentación de su oferta y, por lo tanto, impactan su capacidad residual en el marco del proceso de selección y el futuro desarrollo de un contrato de obra pública, incluso con pliegos tipo. Sin embargo, como se observa, dicho documento no hace referencia alguna respecto del deber de relación del porcentaje de participación del proponente, en caso de que este sea una persona jurídica, pues esta información no se considera relevante para verificar su capacidad residual en el proceso de contratación.”

Para descargar este contenido, debes adquirir Membresía 12 meses, Membresía 36 meses, Membresía 24 meses o Membresía 18 meses.
Facebook
Twitter
LinkedIn
login-contratacion-en-linea