Alcances del artículo 95 de la Ley 489 de 1998. Asociación de entidades públicas para cumplir funciones administrativas o prestar servicios públicos, mediante conformación de personas jurídicas sin ánimo de lucro.
Alcances del artículo 95 de la Ley 489 de 1998. Asociación de entidades públicas para cumplir funciones administrativas o prestar servicios públicos, mediante conformación de personas jurídicas sin ánimo de lucro.