Concepto CCE. CONTRATOS INTERADMINISTRATIVOS. Criterio orgánico. SOCIEDADES DE ECONOMÍA MIXTA. CONTRATO DE CONCESIÓN. ¿cuál régimen contractual aplicable a las sociedades de economía mixta para efectos del procedimiento de selección aplicable en los contratos de concesión? (2025)
“la concesión en un contrato atípico en el derecho privado. Además, el artículo 2 de la Ley 1150 de 2007 no aplica a las sociedades de economía mixta excluidas de la Ley 80 de 1993. Luego, el procedimiento para la suscripción de dichos negocios será competitivo o no competitivo en función de lo que establezcan sus manuales de contratación.”
Concepto CCE. CONTRATO ESTATAL. Régimen jurídico. Régimen excepcional. Justificación. SOCIEDAD DE ECONOMÍA MIXTA. Naturaleza jurídica. Régimen contractual. MANUAL DE CONTRATACIÓN. Alcance. Límites. Obligatoriedad. ¿Cuál es el alcance de los principios de función administrativa en los procesos que adelantan contratación en las sociedades de economía mixta y si de ello se deriva la libre competencia y la selección objetiva?; ii) ¿Cuáles deben ser los criterios, lineamientos o condiciones que debe establecer una sociedad de economía mixta para determinar causales de rechazo y condiciones de participación en los procesos de contratación que adelanta?; iii) ¿Es procedente dentro de los procesos de contratación establecer excepciones a la libre concurrencia en los pliegos de condiciones de un proceso de contratación o los documentos que hagan sus veces? iv) ¿La Agencia Nacional de Contratación Pública – Colombia Compra Eficiente- tiene la competencia de intervenir? (2025)
“… la aplicación de los principios de la función administrativa en los manuales internos de contratación, se materializa en los procesos de contratación que adelante la sociedad de economía mixta.”
Consejo de Estado. NULIDAD ABSOLUTA DEL CONTRATO. El marco conceptual y normativo que habilita al juez administrativo para declarar de oficio la nulidad absoluta de un negocio jurídico y su cumplimiento en el presente asunto. El juez tiene la facultad y el deber de declararla oficiosamente cuando está plenamente demostrada en el proceso y en este intervengan las partes contratantes o sus causahabientes, siempre que no hubiera operado la prescripción extraordinaria. PROCEDIMIENTO PARA LA CONSTITUCIÓN DE UNA SOCIEDAD DE ECONOMÍA MIXTA – dada su naturaleza jurídica híbrida exige el agotamiento de dos actos jurídicos esenciales: una autorización de carácter legal o reglamentario y la suscripción de un contrato comercial o de un acto contractual cuando se opte por la conformación de una sociedad por acciones simplificada, cuya configuración demanda la aplicación concurrente de disposiciones de derecho público y derecho privado, toda vez que en esta forma societaria coexisten el interés general, representado en la participación de recursos públicos, y el interés privado propio de la actividad mercantil (2025)
El análisis de la Subsección se desarrollará abordando los siguientes aspectos, que sustentan la decisión de los problemas jurídicos planteados: (i) el procedimiento que se adelantó para la constitución de la sociedad de económica mixta xxx S.A.S., para dar cuenta de su naturaleza contractual; y (ii) el marco conceptual y normativo que habilita al juez administrativo para declarar de oficio la nulidad absoluta de un negocio jurídico y su cumplimiento en el presente asunto.”