Concepto CCE. MODIFICACION DE LOS CONTRATOS ESTATALES. Procedencia. Límites. LIMITE A LAS MODIFICACIONES. Imposibilidad de modificación del objeto. ¿Cuáles son los límites que regulan la modificación del contrato estatal? ¿Puede modificarse el objeto del contrato estatal? (2026)

Lo que debe permanecer inalterable es el núcleo esencial del objeto, es decir, su aspecto sustancial, el cual está descrito desde el pliego de condiciones y se constituye en la prestación a realizar por el contratista (obras, servicios o bienes), que corresponden a la necesidad que se pretende satisfacer mediante la celebración y posterior ejecución del contrato. Lo anterior, entendiendo que el núcleo esencial del objeto se entendería incluido en el concepto de la naturaleza global del contrato, que constituye un obstáculo insalvable para modificar un contrato estatal.

Así, una cosa es el objeto contractual, entendido en su dimensión general y sustancial, el cual no puede ser modificado de manera que se altere su esencia, y otra, las obras, actividades o prestaciones adicionales que resulten necesarias para su adecuada ejecución, siempre que estas guarden relación directa con el objeto inicialmente contratado y no impliquen su sustitución o transformación sustancial.

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Consejo de Estado. Prohibición de modificar objeto del contrato. Nulidad absoluta por desviación de poder y objeto ilícito. Contrato de Gerencia de Obra. Pliego de condiciones. Principio de planeación. (2013)

Prohibición de modificar unilateralmente o de mutuo acuerdo la clase y objeto de un contrato estatal. Nulidad del contrato u Otrosíes cuando se modifica el objeto del contrato o sus elementos esenciales. La discrecionalidad de la Administración en la contratación estatal en materia de contratación estatal, específicamente al momento de elaborar los pliegos de condiciones. La Sala recuerda que la facultad que ejerce la entidad pública al adjudicar el contrato es eminentemente reglada y no discrecional, como en otras ocasiones se sostuvo. El pliego de condiciones constituye la Ley del procedimiento administrativo de licitación y del propio contrato a celebrar. El régimen legal de las nulidades en materia de contratación estatal. Nulidad del contrato u Otrosíes cuando se modifica el objeto del contrato o sus elementos esenciales. El contrato de obra y la consultoría de gerencia de obra. Prohibición de modificar unilateralmente o de mutuo acuerdo la clase y objeto de un contrato estatal.

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