Concepto CCE. PLANEACIÓN CONTRACTUAL. Concepto. Obligación de las entidades. ESTUDIOS DEL SECTOR. Finalidad. Obligatoriedad. ESTUDIO DE LA OFERTA. Mecanismo de revisión de precios históricos. ESTUDIO DE MERCADO. Recomendaciones. ¿Puede una Entidad Estatal, en el marco de la elaboración del estudio de mercado, utilizar como VALOR HISTÓRICO el estimado consignado en el estudio de mercado de un proceso anterior, en lugar del valor de la oferta económica adjudicada? (2025)
El valor histórico —entendido como los precios efectivamente contratados o pagados en el pasado por la Entidad, y cuando sea procedente, por entidades comparables— constituye un insumo relevante que exige: (…)”
Concepto CCE. SERVICIOS DE VIGILANCIA Y SEGURIDAD PRIVADA. Modalidad de selección. Confirma tesis de la Agencia Nacional de Contratación. CONCEPTOS DE COLOMBIA COMPRA EFICIENTE. Obligatoriedad. Función consultiva. Alcance. No hay lugar a la revocación directa. SELECCIÓN ABREVIADA. Marco normativo. BIENES Y SERVICIOS DE CARACTERÍSTICAS TÉCNICAS UNIFORMES. Concepto. Características. Formas de adquisición. Se solicita a la Agencia module y modifique la posición expresada en el concepto C-231 de 2025, en virtud a lo establecido en el numeral 2 del artículo 2.2.1.2.1.2.1 del Decreto 1082 de 2015. ¿Teniendo en cuenta el numeral 2 del artículo 2.2.1.2.1.2.1 del Decreto 1082 de 2015, hay lugar a modificar la postura del Concepto C-231 del 1 de abril de 2025? (2025)
“… no puede perderse de vista que –conforme al artículo 5.3 de la Ley 1150 de 2007– “[…] en los pliegos de condiciones para las contrataciones cuyo objeto sea la adquisición o suministro de bienes y servicios de características técnicas uniformes y común utilización, las entidades estatales incluirán como único factor de evaluación el menor precio ofrecido”; razón por la cual, no hay lugar a la ponderación de elementos adicionales en la subasta inversa, los acuerdos marco de precios o las bolsas de productos. Como en la licitación pública o en la selección abreviada de menor cuantía los demás elementos diferentes al precio son ponderables, la Agencia reitera la tesis del Concepto C-231 del 1˚ de abril de 2025.”
Concepto CCE. LEY DE GARANTÍAS ELECTORALES. Finalidad. Restricciones. Tipos de elección. ESTABLECIMIENTOS DE SANIDAD MILITAR. ¿Cuál es el marco jurídico para la contratación que realicen las entidades del Sistema de Salud de las Fuerzas Militares y de la Policía Nacional en vigencia de la prohibición establecida en el artículo 33 de la Ley de Garantías Electorales? (2025)
“… bajo la Ley 100 de 1993, dentro de la estructura de la administración pública, las Empresas Sociales del Estado son las entidades encargadas de prestar el servicio de salud de manera directa. Sin embargo, es importante señalar que el artículo 279 de la Ley 100 de 1993 señaló expresamente que “El Sistema Integral de Seguridad Social contenido en la presente Ley no se aplica a los miembros de las Fuerzas Militares y de la Policía Nacional”. En línea con esta excepción, la Ley 352 de 1997 estableció el marco jurídico que rige el Sistema de Salud de las Fuerzas Militares y de la Policía Nacional –SSMP–.”
Concepto CCE. LEY DE GARANTÍAS ELECTORALES. Finalidad. Tipos de restricción. ¿Cuáles son las restricciones de la Ley de Garantías Electorales en materia de contratación para las Entidades Estatales? ¿Es viable modificar un contrato en periodo de Ley de Garantías? CONTRATOS DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS. ¿Es jurídicamente viable celebrar CONTRATOS DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS en la vigencia 2025 para ser ejecutados en la vigencia 2026, teniendo en cuenta el principio de anualidad presupuestal y las restricciones establecidas en la Ley 996 de 2005 (Ley de Garantías Electorales)? (2025)
“los contratos de prestación de servicios, cuya ejecución se planee para la vigencia 2026, deberán contar con CDP expedidos en esa misma vigencia fiscal. Es decir, no es jurídicamente viable ejecutar contratos con recursos de la vigencia siguiente (2026), si estos se encuentran amparados con un CDP de la vigencia anterior (2025), salvo que se trate de contratos plurianuales, debidamente autorizados y justificados conforme a la normatividad presupuestal vigente.”
Concepto CCE. ESTABILIDAD LABORAL REFORZADA DE MUJER EMBARAZADA. Concepto. Unificación jurisprudencial. Procedencia. Estado de embarazo y licencia de maternidad. SUSPENSIÓN DEL CONTRATO. Estado de embarazo. ¿Es posible suspender o continuar un contrato de prestación de servicios por licencia de maternidad? (2025)
“… se debe tener en cuenta que la suspensión del contrato no implica la ampliación de su plazo de ejecución, sino solamente la determinación de un periodo en el cual cesará el cumplimiento de las actividades pactadas, por tanto, no habrá lugar al pago de honorarios correspondientes a este tiempo y el plazo de ejecución continuará siendo el mismo inicialmente pactado.”
Concepto CCE. REGISTRO ÚNICO DE PROPONENTES. RUP. Concepto. Firmeza. Inscripción. Renovación. ¿Es valido que en un proceso de selección cuyas ofertas se deban presentar después del quinto día hábil del mes de abril, el proponente no acredite la presentación de la información que se radicó ante la entidad competente para renovarlo? (2025)
“Para participar en procesos de selección en los que es obligatorio el Registro único de Proponentes – en adelante RUP –, es necesario que los oferentes acrediten que su inscripción se encuentra en firme antes de la fecha de cierre, ya que solo a partir de la firmeza se generan los efectos a los que se refiere el artículo 6 de la Ley 1150 de 2007. Ahora bien, el artículo 2.2.1.1.1.5.1. del Decreto 1082 de 2015 señala que las personas inscritas en el RUP deben presentar la información para renovar su registro a más tardar el quinto día hábil del mes de abril de cada año, de lo contrario cesan los efectos del RUP.”
Concepto CCE. EMPRENDIMIENTOS Y EMPRESAS DE MUJERES. Personas jurídicas. Vinculación de mujeres. Cargos del nivel directivo. Regla de un año. Acreditación. Sustitución patronal. ¿Qué requisitos debe cumplir una persona jurídica para considerarse emprendimiento y empresa de mujer y así acceder a los criterios diferenciales dispuestos en dicho decreto para estos?, y ii) ¿Puede acreditarse el tiempo mínimo de un año si ha existido una sustitución patronal? (2025)
De acuerdo con lo establecido en el numeral 2 del artículo 2.2.1.2.4.2.14 del Decreto 1082 de 2015, una persona jurídica podrá ser considera como emprendimiento o empresa de mujer “[c]uando por lo menos el cincuenta por ciento (50%) de los empleos del nivel directo de la persona jurídica sean ejercidos por mujeres y éstas hayan estado vinculadas laboralmente a la empresa durante al menos el último año anterior a la fecha de cierre del Proceso de Selección en el mismo cargo u otro del mismo nivel”.
Concepto CCE. CONVOCATORIAS LIMITADAS A MIPYMES NACIONALES. Requisitos. Limitación territorial. Facultad discrecional. Presupuestos mínimos. ¿Cuáles son los requisitos que deben cumplir las personas jurídicas, específicamente tratándose de sociedad por acciones simplificadas con objeto social indeterminado, para solicitar que un proceso de selección sea limitado a Mipyme? (2025)
“El artículo 2.2.1.2.4.2.2 del Decreto 1082 de 2015, reglamenta los requisitos para que las Entidades Estatales procedan a limitar la convocatoria para la participación exclusiva de las Mipymes. El inciso cuarto de tal disposición adiciona un requisito más cuando las solicitudes de limitación se efectúen por parte de personas jurídicas, indicando que aquellas Mipymes solicitantes deberán estar constituidas con objetos sociales que les permitan ejecutar el contrato relacionado con el proceso contractual.”
Concepto CCE. EXPERIENCIA. Concepto. Documentos tipo. Infraestructura de transporte. REGISTRO ÚNICO DE PROPONENTES. Cámara de comercio. ¿Cómo opera la acreditación de experiencia por parte de proponentes individuales respecto a contratos ejecutados en estructuras plurales? (2025)
“La experiencia, conforme al numeral 3.5 del documento base de los documentos tipo de licitación de obra pública de infraestructura de transporte –versión 4–, se acredita a través de: i) la información consignada en el RUP para aquellos que estén obligados a tenerlo; ii) la presentación el “Formato 3 – Experiencia” para todos los proponentes, y iii) alguno de los documentos válidos para la acreditación de la experiencia señalados en el numeral 3.5.6 cuando se requiera la verificación de información del proponente adicional a la contenida en el RUP.”
Concepto CCE. SELECCIÓN ABREVIADA. Marco normativo. BIENES Y SERVICIOS DE CARACTERÍSTICAS TÉCNICAS UNIFORMES. Concepto. SERVICIO DE VIGILANCIA PRIVADA. Conformación dinámica de la oferta. ¿Para la contratación de los servicios de vigilancia y seguridad privada en los cuales se incluyen medios tecnológicos y vigilancia física puede determinarse el precio como único factor de evaluación? (2025)
“Es importante señalar que esta Agencia ha mantenido de manera reiterada la postura de que la modalidad de selección más adecuada para la contratación de servicios de vigilancia y seguridad privada es la licitación pública prevista en el numeral 1 del artículo 2 de la Ley 1150 de 2007 como la regla general para objetos no sujetos a alguna modalidad en específico.”