CE 66696 2022 “… no es posible la aplicación de la presunción del numeral 1 del artículo 6 de la Ley 678 de 2001 debido a la imprecisión de los cargos de la demandada, ya que la entidad actora no solo tenía que expresar la causal derivada de la presunción que pretende plantear, también debió hacerlo de manera clara para que el demandado contara con la certeza y precisión de conocer porqué se considera que está incurso en la causal que se le endilga, si esta alude al desconocimiento de normas de derecho debieron precisarse cuáles eran estas de manera específica para que, en esa medida aquel tuviese la oportunidad de ejercer su derecho de defensa y contradicción”.