Corte Suprema de Justicia. SP3963 2017. 40216. CASA. ABSUELVE. Los contratos celebrados por la entidad pública se enmarcaban en la excepción de la contratación directa. Viabilidad del fraccionamiento del contrato por motivos de interés público. No basta con predicar el desconocimiento de los principios de la contratación estatal para tener por estructurado el tipo penal de contrato sin cumplimiento de requisitos legales“. XXXX en su condición de secretario seccional de salud de la Gobernación del departamento de Córdoba, suscribió los contratos XXXX y XXXX En el primero fungió como contratista XXXX y en el segundo XXXXX. El objeto contractual, en los dos casos era “contribuir en el fortalecimiento de las acciones para proteger la salud de la población y garantizar la continuidad del desarrollo de los planes de prevención y control de la rabia canina y felina, realizando labores de vacunación de perros y gatos de por lo menos 90 % de la población urbana y rural”. Se discute en este proceso si XXXX, al celebrar los contratos en cuestión, desconoció los requisitos legales exigidos.