“… para efectos de la aplicación de la excepción dada en el artículo 33 de la Ley 996 de 2005, las ESE se entienden comprendidas dentro de la categoría de “entidades sanitarias y hospitalarias”.
“… para efectos de la aplicación de la excepción dada en el artículo 33 de la Ley 996 de 2005, las ESE se entienden comprendidas dentro de la categoría de “entidades sanitarias y hospitalarias”.