Concepto CCE. CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS. Concepto. Características. INHABILIDADES E INCOMPATIBILIDADES. Conflictos de interés. PARTICIPACIÓN POLÍTICA. Restricciones constitucionales. Ley de garantías. Servidores públicos. ¿Cuál es el alcance permitido para la participación en actividades políticas por parte de contratistas de prestación de servicios durante época electoral, y en qué medida dichas actividades están permitidas dentro o fuera de la jornada laboral? ¿Cuáles son las eventuales consecuencias disciplinarias o contractuales que podrían derivarse? (2026)
Las entidades públicas no pueden permitir o tolerar que los contratistas adelanten actividades políticas durante el tiempo destinado a la ejecución del contrato, ni mucho menos dentro de los espacios y sedes de estas o utilizando recursos públicos. En este punto, es menester tener en cuenta lo dispuesto en el parágrafo único del artículo 38 de la Ley 996 de 2005, el cual prohíbe a los gobernadores, alcaldes municipales y/o distritales, secretarios, gerentes y directores de entidades descentralizadas, entre otras cosas, lo siguiente: “No podrán autorizar la utilización de inmuebles o bienes muebles de carácter público para actividades proselitistas, ni para facilitar el alojamiento, ni el transporte de electores de candidatos a cargos de elección popular. Tampoco podrán hacerlo cuando participen voceros de los candidatos”.